AC5814-2024 Radicación n° 11001-02-03-000-2024-04060-00 Bogotá, D.C., primero (1.°) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). En ejercicio del derecho de petición previsto en el artículo 23 de la Constitución Política, Martín Issac Barrios Palencia pidió ordenarle «a la Agencia Nacional de Hidrocarburos ANH excluir del contrato de exploración y producción de hidrocraburos E&P n.° 16, área Vim 1 Ronda Colombia 2014, el primer globo de terreno de propiedad privada colectiva colonial, área restringida de la iluistrísima Villa de San Sebastián- Resguardo de Tenerife, Magdalena».
No obstante, esta Corte carece de atribución para tramitar y decidir dicha requisitoria, pues implica una actuación administrativa en el ámbito de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH-, que, en principio, sería la entidad administrativa la llamada a resolverla. Se dispone, por lo tanto, enviarle la petición, para lo pertinente, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1755 de 2015, e informar al interesado, adjuntándole copia del soporte respectivo.
Notífiquese y cúmplase, OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado Firmado electrónicamente por: Octavio Augusto Tejeiro Duque Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: A6C118631D160E332D98CB836B6E3215CE5FC22195D0193ACF77824555205CD2 Documento generado en 2024-10-01