AC557-2024 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-00064-00 Bogotá D.C., dieciséis (16) de febrero de dos mil veinticuatro (2024). Mediante auto de 24 de enero de 2024, se admitió el trámite del exequátur presentado por JAKLIN CATHERINE HURTADO MONTAÑA respecto de la sentencia proferida el 15 de marzo de 2016 por el Juzgado de Primera Instancia No. 24 de Valencia, España, que declaró la disolución por divorcio de mutuo acuerdo del matrimonio celebrado con JAMIT VALENCIA LÓPEZ, ordenándose correr traslado al Ministerio Público.
En virtud de lo anterior, acudió la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer, quien se pronunció sobre la demanda. Sin pruebas por practicar está agotada la etapa instructiva, por lo que de conformidad con el artículo 278 del Código General del Proceso, no es necesario citar a audiencia, procediendo a dictar sentencia anticipada, previo Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-00064-00 2 traslado a las partes para que presenten alegatos de conclusión, en garantía del derecho de defensa y contradicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 607-4 ibidem, en armonía con el artículo 133-6 ejusdem, para lo cual se concede el termino de cinco (5) días.
Vencido el termino mencionado, ingresen las diligencias al despacho para lo que corresponda en derecho. Notifíquese y cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Presidente de sala Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 0F882FB37846888D6A0ACE0057651614C00D305FA2475532FAC88EE54CECC9E8 Documento generado en 2024-02-16