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AC5422-2024 [2024-03565-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Martha Patricia Guzmán Álvarez

Ley 527 de 1999

AC5422-2024 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-03565-00 Bogotá D.C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). 1. El Conjunto Residencial Murano Apartamentos P.H. presentó un «recurso extraordinario de casación» contra el auto de 22 de mayo de 2024, mediante el cual la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá «dispuso declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la [copropiedad] demandante frente a la sentencia dictada el día 22 de febrero de 2024 por la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio». 2.

La anterior solicitud se rechazará de plano, por improcedente. Téngase en cuenta que la providencia censurada tiene naturaleza de auto –el cual, dicho sea de paso, cobró ejecutoria hace tres meses, aproximadamente–, y el recurso de casación solo procede «contra ( ) sentencias ( ) proferidas por los tribunales superiores en segunda instancia», en los términos del artículo 334 del Código General del Proceso. 3.

Tampoco cabe adecuar la censura a los cauces de otro recurso –en aplicación del parágrafo del artículo 318 del Código General del Proceso–, dado que, contra el auto que Rad. n.° 11001-02-03-000-2024-03565-00 2 declara desierto un recurso de apelación, solo procede el de reposición; y, en este caso, el Conjunto Residencial Murano Apartamentos P. H. no hizo uso de ese remedio ordinario, en la oportunidad procesal pertinente.

Ello equivale a decir que, en la actualidad, no subsiste ningún recurso, ordinario o extraordinario, que resulte procedente para combatir lo decidido por el Tribunal en el citado auto de 22 de mayo del año en curso. Por lo anterior, la suscrita Magistrada de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE RECHAZAR, por improcedente, el «recurso extraordinario de casación» interpuesto por el Conjunto Residencial Murano Apartamentos P. H. frente al auto de 22 de mayo de 2024, dictado por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en el trámite verbal que promovió la copropiedad contra Coninsa & Ramón Hache S.A. (rad. n.º 11001-31-99-001-2022-03022-01).

Notifíquese y cúmplase MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ Magistrada Firmado electrónicamente por: Martha Patricia Guzmán Álvarez Magistrada Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 977CF5DFE2A3717D9214DA0EAF6E1D02380D44C091C83B7B793344C2A3F0570E Documento generado en 2024-09-19