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AC5349-2018 [2018-03833-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2018

Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta

Ley 270 de 1996

千一も Rel〕dblieadeColombia coheS叩mmaneJ晴朗cia §aIadocaSaci‘ncmIi AC5349”2018 Radicacienn.ollOO1-02-03-000-2018-03833-00 Bogota,D・C・,OnCe(11)de diciembre de dos mil dieciocho(2018). Decidela Corte elconnicto de competencia suscitado entre elJuzgado Septimo CivilMunicipal de SanJose de Ctlcutaysuhomdlogo CincuentayCuatro CivilMunicipal de Bogotま,COn OCaSidn del conocimiento dela demanda qecutiva presentada por Cooperativa Mu帖activa Nacional deServicios(Coopnalservi〉contraMariaConstanzaMoreno Galvis. 1. ANTECEDBNTES 1・ La parte demandante presentd su escrito introductorio ante el 〟JUEZ CTtnL MUNtCIPAL DE BOGOfi4 促EPARTP)〃,enelcualpretendequeseordenealaconvocada hacer el pago dela obligacidn contenida en el pagare aportadoconlademmda. En elacまpite sobre competencia,d竜O que se radicaba en esa autoridad jurisdiccional 一昨In razbn ala cuantta, Radicaci6nn.。11001-02-03-000-2018-03833-00 11atumIezadelprOCeSOyZgαrdecu,坤Z謝entOdeZαobZigαcjenル (negrillahleradetexto)・ 2.EIJuzgadoCincuentayCuatroCivilMunicipalde Bogotま,alqueporrepartolecorrespondi6elestudiodela demanda,larechaz6porfaltadecompetencia,enatenCibn alo dispuesto en elarticulo28,numerall,delCddigo General del Proceso,dado que〟delalectum dela demanda, eSpeC萌CaTnentedelacapitecorre♀pOndienteallugardeno師CaCioneS 仇8),laparte actoraindicaqu’日出demandαdaleSideen CzLcuta・ル Consecuencialmente orden6 remitirlas diligencias 〝alos JtLZgadosCizJilesMmicipales(TtHプartO)deCtlcutaq・ 3. Recibida la actuacidn por el despacho destinatario tambien rehus6la atribucidn,traS COnSiderar que〝enelp7eSentep7℃CeSOnOSerLCOntraTnOSdentrodeunp7DCeSO BiecutizJ0,dondeseestdcobrandounaobligacibnTtZpreSentadaenun pagaTtSdondeelmismoseobseruaaJ調02queellugardepagoesla CiljdaddeBogota・〃 II. CoNSIDERACIONES 1・Aptitudlegalparalaresoluci6m・ Compete ala Corte,mediante pronunciamiento del Magistrado Sustanciador,de鯖nir el presente asunto por cumtoinvolucra a despachos de diferentes distritos judiciales;ello,Segtlnlodispuestoenlosarticulos16y18 delaLey270de19967enCOnCOrdmciaconlospreceptos 35y139delC6digoGeneraldelProces〇・ 2 Radicaci6nn.011001-02-03-000-2018-03833-00 2. Dinamica general de las reglas de competencia・ En materia de competencia,el ordenamiento preve diversos factores que permiten determinar el funcionario judicial a quien corresponde tramitar cada asunto, dependiendoparaellode suclaseomateria,delacuantia delproceso,delacalidaddelaspartes,delanaturalezade la funci6n,O dela existencia de conexidad o unicidad PrOCeSal・ En cuanto atahe al conocimiento en razdn del territorio,el mismo se establece con base enlos denominados fueros o fbros,delos que son eJemPlo:el PerSOnal,que Se erlge enla clausula general;y OtrOS especiHcos,COmOelrealoeldecumplimientoobligacional, algunosdeloscualesesta,nPreVistosdefbrmaconcurrente; esto es,que nO afectanla operaci6n delos demas Pertinentes;y OtrOS,de modo prⅣativo,eS decir, excluyentesdecualquierotraregladeatribuci6naplicable. Convienereiteraryprecisarquelamecanicapropiade la distribuci6n de atribuciones del estatuto procesal general,Parte dela tradicionalinstauraci6n de un fuero general que garantiza seguridad juridica a partir de una PreVisi6nuniversalquetienedestinada,abinitio,lafunci6n degobernartodoslossupuestoslitigiososposibles,alacual SeaCOmPa丘aluegounaseriedefbrosespeciHcos,Cadauno de los cuales puede operar de fbrma exclusiva, 3 Radicacidnn.ollOO1-02-03-000-2018-03833-00 Simultaneamente concurrente o sucesivamente COnCurrente. Asi,elestablecimientode請erosgeneralesyespeciales es una delas maneras mas seguras que ellegislador ha ideado,Para PrOceder en materia de determinacidn dela COmPetenCia por raz6n del territorio.Sencillamente, estableceunareglageneral,advirtiendoareng16nseguido queseaplicarasiempreycuandonoexistadisposici6nlegal encontrarlO;eStOeS,nOeXistareglaespecial. La seguridad de talinstrumento es evidente,PueStO que basta con veri範car si el asunto fue expresamente regulado con disposici6n especial.De estarlo,aPlica por razonesobvias,ladisposici6nespec縦camenteaslgnadaala materiaoalsujeto.Sino,POreXClusidndemateria,aPlicarま lareglageneral. 3. Las pautas de atribucien territorial en el C.G.P. Vistala redacci6n delarticulo28delC6digo General del Proceso,Puede advertirse que en el numerall se COnSlgnala fbmula del fuero general enlos slgulenteS teminos:他nlosprOCeSOS COntenCiosos,Sdw(ガsz?OSicibnleqalen COntTlaljb,eS COmPeteTtte elJueZ∴del domicmo del demandado” (Subrayas extra texto);de manera que consagra expresamentela prevencidn de su aplicaci6n mientras no existapautaendiversosentido,loqueanticipalaexistencia deestas,algunasconcurrentesyotrasexcluyentes. 4 Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-03833-00 Precisamentelos fbros que tienenla entidad de enervarla aplicaci6n dela regla general,SOn aquellos que estまn prescritos con caracter exclusivo,dnico,eXCluyente, noconcurrenteoaltemativo;SOnlosquetienenelprop6sito deinstituir un fuero especiHco sin alguna consideracidn a lasdemaspreceptivas,tOrnえndose asienla“disposicidnlegal enCOntran0私 Por su parte,las demas normativas especiales consagradas de fbrma concurrente no anlquilanla operatividad dela pauta general;eSta Slgue teniendo aplicaci6n;en tal evento,Simplemente conHeren alternativasadicionalesqueamplianelmargendedecisi6n deldemandante enla selecci6ndelfunCionariodestinatario delruegoJurisdiccional. 4. Fuero de cumplimiento obligacional y su concurrenciaconelpersonal. Unodelossupuestosdeprevisi6ndereglaespecialen materia de competencia territorial es el establecido en el numera13 del citado articulo 28,Segdn el cual脇nlos plVCeSOSOnginadosen言LLn∴negOCiojulidicoo queiれVo血orenf紅uZos 唾○α厳重鳩S es fαl調も絶n cellやe披露舵 cI 九〇z ddI 如gαr de culrtP龍〃厳ento de cuaZBt虎enαde Zas obZigaoiones.La es呼ulaci6n de domicilio contTlαCtual paTla e堆Ctos judiciales se tendTta por nO escTita.ル(Resaltadofueradetexto). Estefbroreferidoalsitiodeobservanciadecualquiera delas obHgaciones generadas en un negocio juridico o 5 Radicaci6nn.ollO01-02-03-000-2018-03833-00 titulos qecutivos,eS de aquellos que operan en fbma simultdnea,de modo concurTlente,COn el fuero general,e incluso con algdn otro delos especiales;aSilo denotala utilizaci6n del adverbio daTnbien”,uSado 呼)amindicarla igualdad,SelndaIZZa,COTtfbm壷dadollelacidndeunacosaconotllaya nOmb棚dのl Ahora,Siconnuyenlosfuerospersonalycontractual, Segunlo establecido enlas se丘aladas reglasla y 3a qhLSdem,el accionante cuenta con facultadlegal para radicar su causa ante eljuez,tantO dellugarde domicmo del demandado,COmO el perteneciente ala ubicaci6n PaCtada parala satisfaccidn dela obligaci6n;y una Vez efectuada esa elecci6n,adquiere caracter vinculante para las autoridadesJurisdiccionales;lo cualnoimplica tolerar una escogencia caprichosa,POrque los eventos de COmPetenCia a prevenci6n conllevanla carga de soportar Juridica y facticamentela potestad de escogencia del JuZgador,quelaleyconcedaalaccionante. 5. caso conCreto. De confbrmidad conlas premisas precedentes,la Selecci6n del demandante,reSPeCtO del funcionario que Orlglnalmente refutdla aptitudlegal,nO eS CaPrichosa y encuentra pleno respaldo tanto en el ruero general l Diccion甜io delalengua espa五〇la;Edici6n del Tricentenano,aCCeSible en: http://dle.rae.es/Pid=Z2&ALIY. 6 Radicaci6nn.ollO01-02-03-000-2018-03833-00 (domicilio dela demandada),aSi como en el de CumPlimient00bligacionalcomentados. Enefecto,COmOlosostuvoeldespachoquepropusola PreSente COlisi6n,Bogota corresponde ala ciudad donde debia veri鱒carse el cumplimiento dela obligaci6n,Segun aHrmaci6ndelademandanteyatendiendoaloconslgnado enelpagarepresentadocomobasederecaudo・Ademas,en dichamunicIPalidadseveri鱒calgualmenteeldomiciliodela qecutada. Lo anterior suponela desestimacidn dela postura expuestaporelJuzgadoCincuentayCuatroCivilMunlCIPal de Bogota,Sise considera que segun elprecedente dela Corte,nOle estまdado aljuezdesconocerlas aHrmaciones delreclamante,maXime cuando no ha requerido claridad sobrealgtlnaspectorelativoasuaptitudlegalquepudiera entenderambiguo. N6tese que enla demanda,Se PreCisa en el aparte introductor que eldomicilio dela sehora Maria Constanza MorenoGalviseslaciudaddeBogota.yporlotanto,CareCe de fundamento eldesprendimiento delconocimiento dela CauSa POrVia de unaimpropla COnfusi6n delos conceptos domicilioylugardenotincaciones,maSaunCuandoellugar de cumplimiento dela prestaci6n estaba circunscrito tambienaBogota. 7 Radicaci6nn.。11001-02-03-000-2018-03833-00 Sobreestetema,eStaSalahasostenido,alamparode lasprevisionesdelC6digodeProcedimientoCivilquesonde totalreciboenelpanoramanormativoactual,loslguiente: 年・)el∴Juez(弓,TeC省でOr del asunto,Se de♀PqiG de su COnOCimiento bqio elszpuesto de que eldomicilio delaparte accionadaestabaen仁)PugardisiintoalasededelJLZgadq方 錐peCtOeSわく匹e nO舟e mendonado nieneilibeloi加mduCtO7; (・・方pues(・・)sehiZojiLe7句をTenCiaa自Iugarpara‘noi折caciones,. Se o妨db e加0nCeS 4匹e pam 一角dos de detemiれaria ∞77PetenCia nopuedencoTt旬ndirse eldomicilioyla di7℃ccidn indicadapaTa匂故地arlasno師caciones,tOdauezque『LmOyOtlO dato tiati的cenex袖enciasd確1enteS,pteSmientraselplilnelO hacealusibnalasientogenemldelosnegociosdelcorLZJOCadoa JuJα0,elsegundo-que nO Sie771Ple COincide con elalue7iorL Se 種e柁als摘odondeconmayor一旬cilidadselepuedeconseguir paltI窮CtOSdesunot折CaCi6npersonal’(..)”PSJAC2441-2016, 6重雄0・2016,md・2016-01690-OqI. Demaneraquelaseparacidndelacausaporpartedel estradoonglnalcarecedefundamento,Siseconsideraque, SegunelprecedentedelaCorte,nOPuedeeljuezobviarlas a鱒rmacionesdelreclamante. 6. Conclusien. En de五nitiva,eSte aSuntO debe ser conocido por el JuzgadoCincuentayCuatroCivilMunlCIPaldeBogotま,Sin PerJuicio de quela contraparte,en el momento procesal OPOrtunOy mediante elmecanismolegalmente autorizado, Puedacontrovertiresasituacidn. 8 Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-03833-00 III.DEcISIoN Enmeritodeloexpuesto,elsuscritoMagistradodela CorteSupremadeJusticia,SaladeCasaci6nCivil, RBSUELVE PR重MERo. DECLARAR competente al Juzgado CincuentayCuatroCivilMunlCIPaldeBogotaparaconocer delademandaenreferencia. SEGUNDO. REMITIR la actuaci6n al citado despacho einfbmarlo decidido ala otra agenciajudicial involucradaenlacontienda. 9