AC5284-2024 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-02640-00 Bogotá, D.C., trece (13) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Mediante auto CSJ AC4429-2024, 9 ago., se inadmitió la solicitud de exequátur elevada por Daniel Eduardo Salgado Cabanzo, para que superara las deficiencias advertidas en dicha providencia. Según la constancia secretarial que antecede, el lapso otorgado para subsanar esos defectos venció en silencio, sin que el interesado realizara ninguna manifestación. Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,
RESUELVE
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequatur presentada por Daniel Eduardo Salgado Cabanzo. Rad. n.° 11001-02-03-000-2024-02640-00 2 SEGUNDO. Devuélvanse los anexos a la solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y Cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 21774AEFE8C25F9D2AA385079DB37710B123610379D2803817B5851659EAF78F Documento generado en 2024-09-13