CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 23001-31-03-001-2011-00109-01 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL AC5066-2015 Radicación n.° 23001-31-03-001-2011-00109-01 Bogotá, D. C., siete (7) de septiembre de dos mil quince (2015).- Se admite la demanda presentada para sustentar el recurso extraordinario de casación que el BANCO POPULAR S.A. interpuso frente a la sentencia del 27 de junio de 2014, proferida por la Sala Civil – Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, dentro del presente proceso ordinario que en su contra adelantó JORGE SEGUNDO GANEM GÓMEZ.
En consecuencia, se ordena correr traslado de dicho libelo al actor por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4º del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil. Para todos los efectos legales, téngase en cuenta que el abogado Felio Cabrales Castillo, reasumió el poder conferido por el accionante (f. 90, cd.
Corte). Notifíquese y cúmplase ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO Magistrado PAGE 2