Rad. n° 11001-02-03-000-2019-03440-00 AC4854-2019 Radicación n.° 11001-02-03-000-2019-03440-00 Bogotá, D.C., trece (13) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). El escrito mediante el cual se pretende promover trámite de exequátur por parte de Sadie Marie Abrahams Chow, fue inadmitido por esta Sala por medio de providencia del pasado 29 de octubre, en aplicación analógica del canon 90 del C. G. P., de conformidad con los poderes-deberes previstos en las preceptivas 12, 42-6 y 43-3 ejusdem, para que se diera cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos por los artículos 605 a 607 ibídem, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de ese proveído.
Según la constancia secretarial que antecede (Fl. 78), la parte interesada no satisfizo los requerimientos hechos en el citado auto; por lo que ha de ordenarse la devolución del escrito inicial al solicitante. En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,
RESUELVE
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequatur presentada por la ciudadana Sadie Marie Abrahams Chow.
SEGUNDO. DEVOLVER los anexos del escrito inicial sin necesidad de desglose y previas las respectivas constancias. Notifíquese, LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado 2