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AC4427-2024 [2024-02270-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Fernando Augusto Jiménez Valderrama

Ley 527 de 1999

AC4427-2024 Radicación n° 11001-02-03-000-2024-02270-00 Bogotá, D.C., nueve (9) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). Al amparo de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 607 del estatuto procesal civil, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

PRIMERO. Tener como pruebas las documentales adosadas a la solicitud de exequátur.

SEGUNDO. Agréguese al expediente el concepto emitido por el Ministerio Público, allegado a través de correo electrónico del 22 de julio de 2024 y que obra en el consecutivo n.° 7 del expediente digital.

TERCERO. Dado que no existen otras probanzas pendientes de recaudo, ejecutoriada esta providencia reingresen las diligencias al Despacho para proferir sentencia anticipada, por escrito y fuera de audiencia (artículo 278-2, Código General del Proceso). Rad. n° 11001-02-03-000-2024-02270-00 2 Notifíquese y cúmplase. FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 09788E9A14BF2DFB2BDD5AEA082DF3AF5B4962250A23680C6B19721FC55507C7 Documento generado en 2024-08-08