AC4347-2021 Radicación n° 11001-02-03-000-2021-01228-00 Bogotá, D.C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Verificado el cumplimiento de las exigencias previstas en los artículos 314 a 316 del Código General del Proceso, la Corte ACEPTA EL DESISTIMIENTO de la solicitud de cambio de radicación formulada por Cementos Argos S.A., Sator S.A.S. y Colombian Natural Resources II S.A.S., dada su pertinencia y las expresas facultades que al efecto le otorgaron a sus respectivos apoderados judiciales.
Sin condena en costas por cuanto éstas no se causaron (Cfr. art. 316, núm. 4º, CGP). Por secretaría, archívese definitivamente la actuación, con las constancias y comunicaciones de rigor.
NOTIFÍQUESE OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Octavio Augusto Tejeiro Duque Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 695E2084BDC8F19A340888F41A78BB07E2DF4C6C50133408A658EBEA92317F27 Documento generado en 2021-09-20