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AC4312-2025 [2024-02596-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2025

1 CARLOS ENRIQUE TEJEIRO LÓPEZ Conjuez Ponente AC4312-2025 Radicación N.º 11001-02-03-000-2024-02596-00 (Aprobado en sesión virtual de veintisiete de junio de dos mil veinticinco) Bogotá D.C., siete (7) de julio de dos mil veinticinco (2025). ANOTACIÓN PRELIMINAR De conformidad con el «ARTÍCULO PRIMERO» del Acuerdo No. 034 de esta Sala, expedido el pasado 16 de diciembre de 2020, atendiendo a que en esta providencia se resuelve una situación jurídica relacionada con un menor de edad, como medida de protección a su intimidad, se emiten dos versiones de esta sentencia, «con idéntico tenor, una reemplazando los nombres y los datos e informaciones (familiares), que permitan conocer su identidad y ubicación, para efectos de publicación en los repositorios, medios de comunicaciones y motores de búsqueda virtuales, y otra con la información real y completa de las partes, que se utilizará únicamente para notificación a los sujetos procesales e intervinientes y que se mantendrá con reserva a terceros interesados».

Este ejemplar de la decisión corresponde al que contiene los «nombres ficticios» de las partes. Procede esta Sala de Conjueces a resolver lo atinente a la “acción de casación” de JOSÉ contra la sentencia STCXXX- 20XX de segunda instancia de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, proferida en mayo de 2024, con radicado 20XX-00XXX-XX.

Radicación N.º 11001-02-03-000-2024-02596-00 2 ANTECEDENTES PRIMERO. El accionante promovió “acción de tutela” contra el Juzgado de Familia y la Comisaria de Familia, con ocasión de la medida de protección decretada en su contra dentro de las diligencias por violencia intrafamiliar adelantadas en dichos despachos.

SEGUNDO. Mediante sentencia STCXXX-20XX de mayo de 2024, la Sala Civil, Agraria y Rural de esta Alta Corporación integrada por los Honorables Magistrados FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA, HILDA GONZÁLEZ NEIRA, MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ y FRANCISCO TERNERA BARRIOS, falló el asunto de fondo en el sentido de confirmar la sentencia del 19 de abril de 2024 proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior.

TERCERO. Consta al expediente correspondiente el fallo en mención y la concordancia en cuanto a la materia discutida y las instituciones de derecho invocadas para la sustentación del fallo. CONSIDERACIONES PRIMERO. Establece el art. 141 ordinal 2 del Código General del Proceso: “Son causales de recusación las siguientes: 1… Radicación N.º 11001-02-03-000-2024-02596-00 3 2.

Haber conocido del proceso o realizado cualquier actuación en instancia anterior, el juez, su cónyuge, compañero permanente, o algunos de sus parientes, indicados en el numeral precedente”. La disposición transcrita es claramente aplicable al caso concreto pues sus elementos de hecho están probados al expediente al igual que el presupuesto de conducta del fallador en lo que hace a “haber conocido del proceso” en cuestión.

SEGUNDO. Los Honorables Magistrados FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA, FRANCISCO TERNERA BARRIOS, HILDA GONZÁLEZ NEIRA y MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ, al poner de manifiesto el hecho de estar incursos en el supuesto de esta norma, fueron claros en advertir que participaron en la sesión de la sala en la que se profirió la STCXXX-20XX de mayo de 2024.

TERCERO. Así las cosas, esta Sala de Conjueces encuentra ajustada a derecho la manifestación de impedimento formulada por l(a)os Honorables Magistrad(a)os y así habrá de declararlo. En virtud de lo anterior, esta Sala de Conjueces de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

PRIMERO: Aceptar el impedimento formulado por los Honorables miembros de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de esta Corporación ya mencionados. Radicación N.º 11001-02-03-000-2024-02596-00 4 SEGUNDO: En consecuencia, remitir el expediente a quien corresponda dentro del trámite de ley.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE TEJEIRO LÓPEZ Conjuez Ponente CARLOS ALBERTO COLMENARES URIBE Conjuez LUIS RAMÓN GARCÉS DÍAZ Conjuez LUIS CARLOS MALDONADO DÍAZ Conjuez ALBA MARÍA RUEDA VÁSQUEZ Conjuez