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AC424-2024 [2024-00002-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta

Ley 527 de 1999

AC424-2024 Radicación n° 11001-02-03-000-2024-00002-00 Bogotá, D.C., ocho (8) de febrero de dos mil veinticuatro (2024). Mediante providencia de 24 de enero de 2024, se inadmitió la solicitud de exequátur elevada por Carlos Adrián Cuesta Ramos, para que acreditara la calidad de traductor oficial y allegara el convenio regulador del divorcio que hace parte de la sentencia a homologar, entre otros requerimientos.

Según la constancia secretarial que antecede, el término otorgado para subsanar esos defectos venció, sin que el interesado realizara ninguna manifestación. Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural,

RESUELVE

PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequátur presentada por Carlos Adrián Cuesta Ramos. Rad. n° 11001-02-03-000-2024-00002-00 2 SEGUNDO. Devuélvanse los anexos al solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y Cúmplase, LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Firmado electrónicamente por: Luis Alonso Rico Puerta Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: F3E904F13AC176A7422FBFF25FD64553D88162B066E8272BC3723A7D5938A164 Documento generado en 2024-02-08