Z RepdblicadeCoIombia comSupmma調JuSllcIa saiadec挺acl仙c同Il Ac4226-2018 Radicaciann.ollOO1-02-03-000-2018“02507-00 Bogota,D.C.,Veintisiete(27)deseptiembrededosmil dieciocho(2018). ProcedeelDespachoapronunciarsesobreelconnicto decompetenciasuscitadoentreelJuzgadoCuarentayTres Civil del Circuito de Bogota y su hom610go Diecisiete de Cali,COnOCaSidndelconocimientodelademandaqecutiva presentada por Atenci6n MedicoInmediata Domiciliaria AmidLtda.,COntraCaftsaludEPSS.A. 1. ANTECEDENTES 1. La parte demandante present6 su escrito introductoranteelJuEZCIⅥLDELCIRCUI ODECALIVALLEDEL CAUCA促EPARTq〃,dondepretendequeseordenealaentidad COnVOCada realizar el pago delas racturas de venta de PreStaCi6n de servicios de salud,las que procedi6 a describir y a cuanti丘car en una suma total de $1.136.201.954. ロ Radicaci6nn.ollO01-02-03-000-2018-02507-00 En el acapite sobre competencia seindic6quela misma estaba dada 〝en mZbn a que se tmta de obligaciones orbinadas en∴rlelaciones comerciales de deTeCho priuado,de coTtfbmidadconlolegladoenlosarttculos195y216delaLeylOOde 1993,CelebTtZdosentTeunaSociedad,H)SlegidaporeldeTeChoplんado encuantOaSuCOntllαtaCi6nyunaEPS,E7γPTleSaPrlDTnOtOTadesalud endesarmllodelgi7℃‖nOmaldesusltegOCios.ル AdemまS,agregOqueSeCOnfeccionaNteniendoeれCuentala Cuantid,deacueldoalopTleZJistoenelNuTnemlJOdelAraculo26dela Ley1564deJZLlio12de2012,tOda uezqueelualordelasuTnade todaslasprletenSioneslaubicadent71)delamayorcuantta.Yademds わs seruiciosp7℃StadosporlaLPS alos usuaTios delaEPS t加Vie7℃n ぬgareneiD儲?a71amentOdei的ilaC訪dadden克dV謝e卑 2. EIJuzgadoDiecisieteCivildelCircuitodeCali,al queinicialmentecorrespondidporrepart01acausa,declin6 1aaslgnaCi6ndespues de considerarque eldomicmo dela demmdada 〟eStd bicado enla ciudad∴de BOGO714D.C.ル,de mmera que〝elseねalado a conocerdela deTnanda es e仁兄Zgado Ciz)ildelCirlmitodeBogotdD.C.,enUirfuddel.旬emco77PetenCialpues en‘losp7℃CeSOSCOntraunape730najuridicaesco7TPetenfeeljuezde Sudomi劇iopnnCりa拐 3. Elestradojudicialreceptorrehus61aatribuci6n, alconsiderarqueNenelpreSenteaSuntOSeperSigueladecucibnde los tttulos z)alolleSJact〝raS e堆)edidas con ocasi6n delos seruicios p7eStadosporatenCienmedicadesahJdenlosTnumC捌OSdeTtLludy PalTnira-陶IledelCaucaysudreaSdeiTmuencia仁)Esporelloque losjimdaTnentOSeSbozadosporelJZLeZDiecisieteCi調delCirwitode Cal∴no son∴∴aCeptados por eSte Despacho L加diciaL habida COnSideTaCidnque;entratdndosede.旬erlDnCOnCu77enteS,COmOaCaeCe 2 争 Radicacidnn.ollOO1-02-03-000-2018-02507-00 enesteeuento,elactorpuedeescogeraLaldelos直ncionarios,entrelos quelaley∴aSignala coTTtpetenCia,p7qierle que traTnite y decida su αSuntO.ル Conelanteriorfundamento,Plmte6connictoyorden6 elenvi6elexpedienteparadirimirlo. II. CoNSIDERACIONBS 1. Aptitudlegalparalaresolucien. Compete ala Corte,medimte pronunciamiento del Magistrado Sustanciador,deHnir el presente asunto por CuantOinvomcra a despachos de diferentes distritos judiciales;ello,SegtLnlodispuestoenlosarticulos16y18 delaLey270de1996,enCOnCOrdanciaconlos preceptos 35y139delC6digoGeneraldelProces〇・ 2. Dinamica general de las reglas de competencia. En materia de competencia,el ordenamiento preve diversosぬctores que pemiten deteminar el fLlnCionario judicial a quien corresponde tramitar cada asunto, dependiendoparaello de su claseomateria,delacuantia delproceso,delacalidaddelaspartes,delanaturalezade la fLlnCi6n,O dela existencia de conexidad o unicidad PrOCeSal. 3 Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-02507-00 En cumto atahe al conocimiento en razdn del territorio,el mismo se establece con base enlos denominados rueros o fbros,delos que son qemplo:el PerSOnal,que Se erlge enla clausula general y otros especiHcos comoelrealo elde cumplimiento obligacional, algunosdeloscualesestanprevistosdefbrmaconcunente, esto es,que nO afectmla operaci6n delos demas Pertinentes,y OtrOS,de modo privativo,lo que es decir, excluyentesdecualquierotraregladeatribuci6naplicable・ Convienereiteraryprecisarquelamecまnicapropiade la distribuci6n de atribuciones del estatuto procesal general,Parte dela tradicional言hstauraci6n de un fuero general que ganantiza seguridadjuridica a partir de una PreVisi6nuniversalquetienedestinada,abirt庇io,lamncidn degobernartodoslossupuestoslitigiososposibles,alacual SeaCOmPahaluegounaseriedefbrosespec綿cos,Cadauno de los cuales puede operar de fbrma exclusiva, simultaneamente concurrente o sucesivamente COnCurrente. Asi,el establecimiento de fueros generales y especiales,eS una delas maneras mas seguras que el legislador haideado en ftⅣOr del operadorJuridico para PrOCeder en materia de determinaci6n dela competencia POrraz6ndelterritorio.Sencillmente,eStableceunaregla general,advirtiendo areng16n seguido que ellase aplicarま Siempreycumdonoexistadisposici6nlegalencontrarlO, estoes,nOeXistareglaespecial. 4 Radicaci6nn.011001-02-03-000-2018-02507-00 La seguridad de talinstrumento es evidente,PueStO que basta con ver的car si el asunto fue expresamente regulado con disposici6n exclusiva.De estarlo,aPlica por razonesobvias,ladisposici6nespec綿cmenteaslgnadaala materiaoals可et0.Sino,POreXClusi6ndemateria,aPlicara lareglageneral. 3. Las pautas de atribucien territorial en el CadigoGeneraldelProceso・ Vistala redacci6n delarticul028delC6digo General del Proceso,Puede advertirse que en el numerall se COnSlgnala fbmula del fuero general enlos slgulenteS terminos:uBnlosprocesoscontenCiosos(∴)esco77Petenteeljuezdel domiciliodeldemandadoル;dentro delenunciado seincmyela expresi6n 〟Saluo disposicibnlegal en contTa b妙,misma qlle SuPOnela advertencia de que ella se aplicarまsiempre y Cumdonoexistadisposici6nlegalensentidodiverso,loque lgualmenteimplicala anticipaci6n dela existencia delas reglas especiales,algunas quela acompahan y otras que tienenlaentidaddeexceptuarla. Precisamentelos fbros que tienenla entidad de enervarlaaplicaci6n delareglageneral,SOn aquellos que est岳n prescritos con carまcter exclusivo,tLnico,eXCluyente, no concurrente o alternativo,en tmtO SOnlos que tienen POrPrOPdsitoinstituirunnlerOeSPeC綿cosinconsideracidn algunaalasdemaspreceptivas,tOrnandosepotencialmente enla〝diSpOSicidnlegalencoTullの110m. 5 5 Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-02507-00 Por su parte,las demas nomativas especiales COnSagradas de fbrma concurrente no mlquilanla OPeratividad delapautageneral,en tantOlamisma slgue teniendo aplicaci6n,Sino que simplemente conHeren alternativasadicionalesqueamplianelmargendedecisi6n delfuncionariodestinatariodelruegoJurisdiccionaL 4. Fuero de cumplimiento obligacional y su concurrenciaconelpersonal. Unodelossupuestosdeprevisi6ndereglaespecialen materia de competencia territorial es el establecido en el numera130del citado articulo28,Segun el cual厄功しlos pTVCeSOSOliginadosen∵un・negOCiojuTidicoo queれvoZucTen tituZcs 華c調練Uos∴cs∴きαmb姥れ 〇〇匹pcten露 cI 九ez dcI hgαr de cullや棚mZentodecuαZqtdeれαdelαsOb概gαCiones.Laestipulacidnde doTnicilio contαCtualpaTlの窮CtOSjudiciales se tendTttporno escritau .(Resaltadomeradetexto)・ Este fbro que reHere allugar de observancia de Cualquiera delas obligaciones generadas en un negocio Juridico o titulos qieCutivos,eS de aquellos que operm de fbrma simultdneaTnente COnCurrlenteCOn elfuero general,e inclusoconalgtlnotrodelosespeciales,Siendomuestrade ellolautilizaci6ndeladverbioNtaTnbien〟,uSadoやaTaindicarla igualdad,SeTneianza,COrtfbmidado7℃laci6ndeunacosaconotmya nombn鴛da〃1 1Diccionario delalengua espahola;Edici6n del Tricentenario,aCCeSible en: http://dle.rae.es/?id=228TAuY. Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-02507-00 Ahora,Siconnuyenlosfuerospersonalycontracmal, Segunlo establecido enlas se丘aladas reglasla y 3a 弓iusdeln,elaccionantecuentaconlafacultadderadicarsu CauSa ante el juez,tantO dellugar de domicilio del demandado,COmO elperteneciente alaubicaci6n pactada Parala satisfacci6n dela obligaci6n,y una VeZ efectuada esa selecci6n,adquiere caracter vinculante paralas autoridadesJurisdiccionales,Sin que elloimplique toler紬 una elecci6n caprichosa,en tmtO quelos eventos de COmPetenCia a prevenci6n,COnllevanla c紬ga de soportar Juridica y facticamentela potestad de escogencia del JuZgador. 5. Caso concreto. La presente demanda de eIeCuCi6n slngular fundada entituloseJeCutivoscongarantiaexclusivamentepersonal, SeCOrreSPOndeconuneventodesimultまneaconcurrenciaa elecci6n del demandante,reSPeCtO delos rereridos fueros PerSOnaly de allanamiento obligacional,raZ6n porla cual esimpostergablequeelpromotordelacausaman的estede fbrma clara y sustentada ellugar de cumplimiento Obligacionaユquefueespeciaj‖brodesupredilecci6n. Sin embargo,laanterior cargano fue atendidaporel demmdmte,ni dicha omisi6n nle COntrOlada porlos Despachosdeprocedencia.Enefecto,elJuzgadodeorlgen, enlugar deinquirir alinteresado porlainfbrmaci6n determinante parala competencia territorial,OPtd por Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-02507-00 lgnOrar ellugar de cumplimiento obligacional y se Hnc6 exclusivamente en el domicilio del demandado.Por su Parte,laDependenciareceptorasupuso elfundamento del Sitiodesatisfacci6ndelasprestaciones,Paraluegosuscitar lacolisi6nquehoyllamalaatenci6ndelaCorte. N6tese que elJuzgado Diecisiete CivildelCircuito de Cali simplemente veriHcd el domicilio dela entidad demandada para eftctos de establecerla competencia territorial,mientras que elJuzgado Cuarentay Tres Civil delCircuito de Bogotまdestac6quelaaptitudlegalestaria localizadaen Cali,POr COrreSPOnder supuestamente con el lugardepagodelasfLcturasgeneradasy,enCOnCretO,de los contratos celebrados entrelas partes,PerO Sin reparar enlacertidumbre detalcircunstancia. EnesteescenarlO,reSultaevidentequelademandano CuentaCOnlasmanifestacionesdelinteresadoquepemitm COnCretar la selecci6n del hlerO de cumplimiento Obligacional,OSifueraelcaso,COnlacerterainvocaci6ndel fbro personalo general mediante alguna de sus variables COntemPladas en elnumerall del articulo28del Cddigo GeneraldelProceso. Asilas cosas,mtela falta deilustracidn sobrelos elementos deteminantes dela competencia,losJuzgados en contienda,Particularmente elinicial,aCtuarOn de manera prematura alrehus虹elconocimiento delasunto Sin haber procurado obtener previamentelas necesa_rias 8 Radicaci6nn.ollOO1-02-03-000-2018-02507-00 PreCisionesreferidas,POrloquecabereiterar:有.]elreceptor nopuede sali7℃e delos elementos deliTnitantes e堆朋eStOS eやIidta o i77Pltcitamente enla deTnanda;adelnds,de no estar clara Su deteminacidTl eStd enla obligacibn de Tequerirlas pTleCisiones necesa7ねs para su esclalleCiTniento,de maneTa que Se eUite su 7儲親tsibnsobTlgunabaseinexistente,p7tZpiciandouncoγ卵ictoaltteSde tie77PO2m(CSJ AC1318-2016,rad.2016-00455-00;Subraya fLleradetexto). 6. Conclusien. De esta mmera se dispondrまIa devolucidn delas diligencias al funcionarioinicial,COnla範nalidad de que adoptelas medidaslegalmente procedentes,tendientes a establecerlacompetenciaterritorial. III. DEcISIoN Enmeritodeloexpuesto,elsuscritoMagistradodela CorteSupremadeJusticia,SaladeCasaci6nCivil, RESUELVE PRIMBRo. DECmRAR PREMATURo el Plmteamientodelpresenteconnictodecompetencia. SEGUNDo. REMITIR el expediente al Juzgado Diecisiete Civil del Circuito de Cali para que proceda de 2sehasubrayado・ う Radicaci6nn.。11001-02-03-000-2018-02507-00 COnfbrmidadconloexpuesto.Comunicarlodecididoalotro estradoinvolucradoenestaactuaci6n. 10
AC4226-2018 [2018-02507-00]AC4226-2018 [2018-02507-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2018
Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta