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AC4222-2018 [2007-00335-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2018

Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta

Radicación n.° 05001-31-03-015-2007-00335-01 AC4222-2018 Radicación n.° 05001-31-03-015-2007-00335-01. Bogotá, D.C., veintisiete 27 de septiembre de dos mil dieciocho (2018). Mediante escrito presentado el 31 de enero pasado, Pedro Pablo Arango Álvarez, demandante y agente liquidador del patrimonio de Bernardo Ernesto Vélez White, presentó demanda en pro de sustentar el recurso extraordinario de casación interpuesto frente a la sentencia de 17 de agosto de 2017, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, dentro del proceso ordinario promovido por el recurrente contra Banco del Estado, En Liquidación, y la sociedad Agroganadera La Nivel Ltda., en el que se vinculó como litisconsorte necesario a Central de Inversiones S.A. Dicho libelo reúne los condicionamientos contemplados en el canon 344 del Código General del Proceso, razón por la cual resulta viable admitirlo.

Igualmente, se reconocerá personería al demandante para actuar en causa propia, esto es, como agente liquidador del patrimonio de Bernardo Ernesto Vélez White, conforme lo hizo en las instancias. Por consiguiente, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,

RESUELVE

PRIMERO. ADMITIR la aludida demanda de casación.

SEGUNDO. CORRER traslado de ella a la parte opositora por el término de quince (15) días, en la forma y para los efectos establecidos en el artículo 348 del Código General del Proceso.

TERCERO. RECONOCER personería para actuar en el trámite de este recurso al abogado Pedro Pablo Arango Álvarez, identificado con la Tarjeta Profesional número 7.712 del Consejo Superior de la Judicatura. Notifíquese, LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado 2