AC4204-2025 Radicación n° 11001-02-03-000-2025-01639-00 Bogotá D.C., veintisiete (27) de junio de dos mil veinticinco (2025). De conformidad con el informe secretarial que antecede1 y verificado que el extremo activo no subsanó el escrito inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 27 de mayo de 20252, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:
PRIMERO. RECHAZAR la demanda presentada por Mayerli Manga Niño con la que pretendió homologar en este país la sentencia proferida por el Juzgado de Primera Instancia de Freising -Departamento de Asuntos de Familia- (Alemania) el 19 de diciembre de 2022.
SEGUNDO. DEVOLVER los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código General del Proceso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO TERNERA BARRIOS Magistrado 1 Del 6 de junio de 2025. Consecutivo 5. Archivo 0009Informe_Secretarial. Expediente digital. 2 Notificado por estado del 28 de mayo de 2025. Consecutivo 3. Archivo 0007Auto. Expediente digital. Firmado electrónicamente por: Francisco Ternera Barrios - Magistrado Fecha: 2025-06-27 Código de verificación: DCD52490D44B0394DEE12CDABE3CA1FC3193D58DD9AE7296559D64FF76EDBF39 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999