2015-07-23 (9) r I I I CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL AC4031-2015 Radicación n.O68001-31-10-004-2013-00477-01 Bogotá, D. C., veintiuno (21) de julio de dos mil quince (2015).- Se admite la demanda presentada para sustentar el recurso extraordinario de casación, que la actora LUZ YANETH GARCÍA HERNÁNDEZ interpuso frente a la sentencia del 7 de octubre de 2014, proferida por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, dentro del presente proceso ordinario que ella adelantó en contra de MARÍA EUGENIA PÉREZ JERÉZ. En consecuenCIa, se ordena correr traslado de dicho libelo a la accionada, por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4° del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil.
Visto el poder allegado con el mencionado escrito (fls. 9 y 10), se le reconoce personería jurídica al abogado Sergio Radicación n. o 68001-31-10-004-2013-00477-0 1 Giovanny Soto Uribe, como apoderado judicial de la parte demandante. Notifiquese y cúmplase. 2 00000001 00000002