AC3871-2025 Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-01451-00 Bogotá, D. C., dieciocho (18) de junio de dos mil veinticinco (2025). Por encontrarse de recibo la observación efectuada por el Ministerio Público en su concepto allegado el 15 de mayo del año en curso1 y con fundamento en el artículo 607 (num. 3º) del Código General del Proceso, SE ORDENA a la parte actora notificar las presentes diligencias a David Santiago Pedraza Serrano2, para que, dentro del término previsto en el citado precepto, se pronuncie sobre la solicitud de homologación en referencia, de la manera que estime pertinente.
Cumplido lo anterior, reingrese el expediente al Despacho para continuar con el trámite correspondiente. Notifíquese y cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado 1 Num. 4.7, Pág. 14, PDF visible en el consecutivo n° 6 del expediente digital. 2 Persona sobre quien recae la adopción decretada en el fallo objeto de la pretendida homologación y que ya alcanzó la mayoría de edad.
Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 00A59F9ACCCA65177580602183ECBC9F2764C7BEE017E6A8857015E54C4761E7 Documento generado en 2025-06-18