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AC3397-2022 [2017-00044-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2022

Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta

Ley 527 de 1999

AC3397-2022 Radicación n.° 52001-31-03-001-2017-00044-01 Bogotá, D.C., tres (3) de agosto de dos mil veintidós (2022). Mediante providencia de 5 de julio del año en curso, se admitió el recurso de casación interpuesto por el demandante, Omar Fredi Chamorro Rojas, frente a la sentencia de 1.º de diciembre de 2021, proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto.

Asímismo, se le corrió traslado al señor Chamorro Rojas, a fin de que presentara su demanda de sustentación. Dentro del lapso conferido para ello, el impugnante extraordinario –a través de su apoderado, debidamente facultado para ello– desistió del recurso. Por consiguiente, obrando al amparo de lo dispuesto en el artículo 316 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,

RESUELVE

PRIMERO. ACEPTAR EL DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por Omar Fredi Chamorro Rojas Radicación n.° 52001-31-03-001-2017-00044-01 2 contra la sentencia de fecha 3 de septiembre de 2021, proferida en esta causa.

SEGUNDO. Sin costas, por expresa convención entre las partes (artículo 316-1, Código General del Proceso).

TERCERO. Ejecutoriada esta providencia, remítanse las diligencias al ad quem, para lo de su competencia. Notifíquese y cúmplase LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Luis Alonso Rico Puerta Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 3FDEB2B2733A0B846E649A4704487DBB30B35A5B2667BC8607B7E7A081FB3A49 Documento generado en 2022-08-03