AC332-2025 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-00859-00 Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil veinticinco (2025). Teniendo en cuenta la constancia secretarial que antecede y las órdenes emitidas en el proveído AC7320-2024, procede el despacho a tomar las siguientes determinaciones: 1. De conformidad con el informe secretarial visible en el consecutivo n°30 del ESAV, el término de traslado a las partes venció el 11 de diciembre de 2024, habiéndose pronunciado las apoderadas en forma oportuna. 2.
Teniendo en cuenta que la única prueba pendiente en este asunto es la copia de las piezas procesales que la parte interesada solicitó trasladar del expediente 11001-02- 03-000-2008-00407-00, relacionadas con el reconocimiento en Panamá de fallos adoptados por autoridades extranjeras, se dispone que por Secretaría se adosen al presente trámite las documentales requeridas. 3.
Cumplido lo anterior, y dado que no existirían otras probanzas pendientes de recaudo, ejecutoriada esta providencia reingresen las diligencias al Despacho para Rad. n.° 11001-02-03-000-2024-00859-00 2 proferir sentencia anticipada, por escrito y fuera de audiencia (artículo 278-2, Código General del Proceso). Notifíquese y Cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 0CE46950E74C4CDEA0CE16134C80BEA05795CE4F29D4A1606D7BB273705EA0F9 Documento generado en 2025-01-30