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AC3108-2024 [2024-00860-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Fernando Augusto Jiménez Valderrama

Ley 527 de 1999

AC3108-2024 Radicación n° 11001-02-03-000-2024-00860-00 Bogotá, D.C., trece (13) de junio de dos mil veinticuatro (2024). Al amparo de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 607 del estatuto procesal civil, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

PRIMERO. Tener como pruebas las documentales adosadas a la solicitud de exequátur.

SEGUNDO. Agréguese al expediente el concepto emitido por el Ministerio Público, allegado a través de correo electrónico del 31 de mayo de 2024 y que obra en el consecutivo n.° 12 del expediente digital.

TERCERO. Dado que no existen otras probanzas pendientes de recaudo, ejecutoriada esta providencia reingresen las diligencias al Despacho para proferir sentencia anticipada, por escrito y fuera de audiencia (artículo 278-2, Código General del Proceso). Rad. n° 11001-02-03-000-2024-00860-00 2 Notifíquese y cúmplase. FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 7279B251920A517029452633884D213FFCADA9C1E9DD29E2C1F386049158B033 Documento generado en 2024-06-13