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AC2844-2015 [2009-00320-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2015

Magistrado ponente: Jesús Vall De Retén Ruiz

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n° 15001-31-03-002-2009-0320-01 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ Magistrado ponente AC2844-2015 Radicación n.° 15001-31-03-002-2009-00320-01 Aprobado en Sala de veintidós de abril de dos mil quince Bogotá, D. C., veintiséis (26) de mayo de dos mil quince (2015).

Se procede a decidir el impedimento expresado por el Honorable Magistrado Luis Armando Tolosa Villabona, para conocer del recurso extraordinario de casación formulado por la demandante María Teresa Cortés Rodríguez contra la sentencia de fecha 9 de septiembre de 2013 proferida por la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, en el proceso ordinario de pertenencia que la recurrente instauró contra Blas Cortés y otros, previos los siguientes: I.

ANTECEDENTES El Honorable Magistrado se declaró impedido para intervenir en este asunto, mediante auto del 27 de febrero de 2015, con fundamento en la causal prevista en el numeral 2º del canon 150 del Código de Procedimiento Civil. II. CONSIDERACIONES 1. El Estatuto Procesal Civil consagra en el numeral 2º del artículo 150 como causal de recusación y, por extensión de impedimento, «[h]aber conocido del proceso en instancia anterior, el juez, su cónyuge o alguno de sus parientes indicados en el numeral precedente». 2.

Descendiendo al caso concreto se aceptará el impedimento formulado, por cuanto el doctor Luis Armando Tolosa Villabona conoció del presente asunto en segunda instancia como integrante de la Sala de Decisión que profirió la providencia recurrida en casación (fls. 12 a 25 cdno. Tribunal). III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, RESUELVE ACEPTAR el impedimento manifestado por el Honorable Magistrado Luis Armando Tolosa Villabona, sin que haya lugar a la designación de conjuez, en razón a que con los restantes Magistrados integrantes de la Sala, existe quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto.

En firme esta providencia, vuelva el proceso al Despacho para lo pertinente. Notifíquese, MARGARITA CABELLO BLANCO ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO FERNANDO GIRALDO GUTIEREZ ARIEL SALAZAR RAMÍREZ JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ 4 2