AC2743-2020 Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-02613–00 Bogotá, D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil veinte (2020). En atención al informe secretarial que antecede y en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 286 del Código General del Proceso, se corrige el numeral segundo de la providencia AC2549-2020, 5 oct., en el sentido de precisar que el despacho al que allí se hace referencia es el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Cartago.
En lo demás, la decisión permanecerá incólume. Notifíquese