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AC2731-2024 [2024-00627-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Fernando Augusto Jiménez Valderrama

Ley 527 de 1999

AC2731-2024 Radicación n.º 11001-02-03-000-2024-00627-00 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). Mediante auto AC2330-2024, 7 may., se inadmitió la demanda de revisión presentada por Heriberto Carlos Barrios Varón, para que en el término de cinco (5) días subsanara las deficiencias advertidas en la misma providencia. Según la constancia secretarial que antecede, el término otorgado para esos efectos venció sin que la interesada realizara ninguna manifestación. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

PRIMERO. RECHAZAR la demanda de revisión presentada por Heriberto Carlos Barrios Varón formuló Radicación n.º 11001-02-03-000-2024-00627-00 2 contra la sentencia de 24 de agosto de 2023, proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.

SEGUNDO. Devuélvanse los anexos al solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 77E514305B29FD9B9BB0F769B62DB3FBACC297C4B5A7219E7379991E8FBE38DA Documento generado en 2024-05-27