República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 11001-02-03-000-2015-02938-00 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL AC2032-2016 Radicación n° 11001-02-03-000-2015-02938-00 Bogotá D.C., once (11) de abril de dos mil dieciséis (2016). Toda vez que la demanda de exequátur presentada por el señor Luis Germán Chalarca Bermúdez respecto de la sentencia proferida el 19 de abril de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia No. 79 de Madrid -España, reúne los requisitos especiales y generales previstos en el ordenamiento jurídico, se admite a trámite.
En consecuencia, córrase traslado de ella a la señora Florica Rostas, al Ministerio Público a través de la Procuraduría Delegada en lo Civil y de la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, en la forma y términos consagrados en el artículo 695 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, se requiere al demandante para que en el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria del presente pronunciamiento, aporte las copias necesarias para surtir el traslado de la convocada, como quiera que sólo anexó dos (2) paquetes de las mismas.
Se reconoce al abogado Fernando Hoyos Pérez, en los términos y para los efectos indicados en el poder conferido. Notifíquese, ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO Magistrado 2