AC1933-2023 Radicación n° 11001-02-03-000-2023-02458-00 Bogotá, D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintitrés (2023). Mediante providencia de 28 de junio de 2023, se inadmitió la solicitud de exequátur elevada por Catalina Cerón Cerón, para que aportara la sentencia extranjera debidamente legalizada, apostillada y traducida, así como su respectiva constancia de ejecutoria, entre otros requerimientos.
Según la constancia secretarial que antecede, el término otorgado para subsanar esos defectos venció, sin que la interesada realizara ninguna manifestación. Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria,
RESUELVE
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequátur presentada por Catalina Cerón Cerón. Rad. n° 11001-02-03-000-2023-02458-00 2 SEGUNDO. Devuélvanse los anexos a la solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Firmado electrónicamente por: Luis Alonso Rico Puerta Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 9A7E924BA49880242B61C74777653EB01736DB39608B8A20F31E3F71763F55B4 Documento generado en 2023-07-14