AC1813-2025 Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-00585-00 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Mediante auto CSJ, AC1112-2025, se inadmitió la solicitud de exequátur elevada por Carlos Andrés Echeverry, para que en el término de cinco (5) días subsanara las deficiencias advertidas en misma providencia. Según la constancia secretarial que antecede, el lapso otorgado para subsanar esos defectos venció en silencio, sin que el interesado realizara ninguna manifestación. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural,
RESUELVE
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequátur presentada por Carlos Andrés Echeverry. Rad. n.° 11001-02-03-000-2025-00585-00 2 SEGUNDO. Sin necesidad de devolución de anexos en virtud de la presentación digital de la solicitud. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: C563B3A099B527A387CE5800069BCCC36987CFC1F63689899E7E409530C4414A Documento generado en 2025-03-27