Micelio
AC1427-2019 [2019-00967-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2019

Magistrado ponente: Luis Armando Tolosa Villabona

Ley 270 de 1996

Rq元blieadQ(:oiombja comIslIlmmalllJ膿tlcia $“l●置c重機はIlllcllil LUISARMANDOTOLOSAVILLABoHA MaglStradoPonente AC1427-2019 Radicacienn.011001-02-03-000-2019-00967-00 BogotaD.C,,Veinticuatro(24)deabrildedosmil diecinueve(2019) Se decide elconnicto de competencia suscitado entre losJuzgados Promiscuo Municipalde Chinacotay Cuarto CivilMunicipaldeCucuta,ParaCOnOCerdeljuicioeJeCutivo COn garantiarealimpulsado por elBanco Davivienda S・A・ 血ente a Alonso Muhoz Alzate,Luis Femando y Oscar Muhoz Hoyos,yla ComercializadoraIntemacionalMu充OZ HoyosS.A. 1.AHTECEDEHTBS l.1.Pe境伽my cαuSaPetendi.Laentidad nnmciera demandante pide selibre mandamiento de pago porlas SumaS COntenidas en un pagare,SuSCrito porlos accionadosafavorsuyo,garmtizadascondoshipotecas. 1,2.F鵡acien dela competencia en ellめelo.Lo dirigid alosJueCeS Civiles municipales de Cticuta,POr COrreSPOnder al sitio de ubicacidn delosinmuebles CObijadosporlasgarantiasrealesobjetodelaeJeCuCi6n. u Radicacibnnoll001-02-03-000-2019-00967_00 1.3,Eljuzgado destimtario.Medimte auto de23de enero de 2019(fbl.33),Se declard incompetente territorialmente,pueSla cosa objeto dela garantia realse encuentraubicadaenChinacota,adondeordendlaremisien delasdiligencias. l・4・Eldespachoreceptor.Porpronunciamientode4 de marzo siguiente(fbl・36),deigualmodo se sustr勾Ode atenderlo,traS eStimar que uno delosinmuebles hipotecados se hallaba situado enla circunscnpcIOn territorial de Ctlcuta,quedmdo,POr tantO,a Criterio del actorddnderadicarellibelo,SienChinまcotaocnlacapital delNorte de Santander,de acuerdoconlodispuesto enel numera17。delarticulo28delEstatutoAdjetivo. 1・5・Plmted asi el connicto de negativo y envid el expedienteaestaCorporacibnparadirimirlo. 2.CONSIDERACIONES 2・1.Cuandoseenn・entmJuZgadosdedistintodistrito judicial,COrreSPOnde a esta Sala resoIver el connicto,de acuerdo conlos articulos139 del C6digo General del Hocesoy18delaLey270de1996. 2.2.El ordenamiento preve diversos factores para Saber a quien corresponde tramitar cada asunto.Uno,el territorial,COmO PrlnClp10general sehala que el proceso debera segulrSe ante elfuncionario conJurisdicci6n en el domicilio del demandado.Si son varioslos accionados o e1 2 Radicacidnnell001-02-03-000-2019-00967-00 tinicotienevarios domicilios,SeraCOmPetente Cualquierde ellos,aeleccidndeldemandante, Empero,hay ocasiones enlas cuales esa regla se altera.Es asicomo elnumeralseptimo delarticulo28del estatutoprocesalreciencitadoestablecequeleInLosprOCeSOS en que seくりerCiten deTeChos TleateS,en jbs dZuisorios,de des枕de y amqIOrLaTniento,CやrQPZaCfdn,SerUidlmbreS,pOSeSOTios de cualquier TTaturaleza,reSt血cidn de tenencid,decわれのCidn deperteTtenCia y de bienesuacantesymostrencos,SeraCOmpetente,dt,れodoprttA虞的net JueZ del tugar donde esten ubicadosめs bienes,y Sise hauan en distintascir鋤mSCrPC一〇TteS territoriaLes,enetdeaJalqutera deeuas a eteccidndetdemandante当NegrillasdelaSala). Por tanto,tratandose de procesos de esa naturaleza, noeseld。miciliodeldemandadonielsitiodecumplimiento delaobligacidnlas reglas a serusadas para establecerel funcionario competente,Sino ellugar de ubicacidn dela COSa COn relacidn ala cuaJ se qercitanlos respectivos derechos reales,PueSla noma acabada de aludir,al COntrariodecomolohaciaelCedigodeProcedimientoCivil (art・23,ntlm.9。),nO preVib una atribucidn concurrente entre elcitado domiciljo o elsitio de cumplimientoyelde ubicacidn de los eftctos patrimoniales,Sino una COmpetenCia年・・)de TnOdopriuatizJ0(・・・)”ap紬tirdellugar T“・)doTtdeestenubicadoslosbienes(…)”. Claro,Si ellos abarcan mas de una comprensidn municipalodistrital,elactortienelaopcidndedeterminar encualdemanda. 3 国 Radicacidnnell001-02-03-000-2019-00967-00 2・3・Como uno delos predios comprometidos conlas hipotecas vinculadas a las obligaciones dinerarias demandadasestaenCtlcuta,elJuzgadoCivilMunicipalde dicholugar,de acuerdo conlo motivado,eS elllamado a gestionarlacontroversia. 2.4・Se aslgnara entOnCeS el asunto al mencionado administradordejusticia. 3.DECISIeN En merito delo expuesto,la Corte Suprema de Justicia,Sala de Casaci6n Civil,declara que elJuzgado Cuarto Civil Municipal de Ctlcuta es el competente paI.a COnOCer del proceso en reftrencia.Consecuentemente, Ordena enviar elexpediente al citado despachojudicial e infbmarlodecididoalasotrasautoridadesjurisdiccionales involucradas,haciendolesllegar copia de esta providencia. Oficiese.