Micelio
AC1330-2017 [2017-00150-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2017

Magistrado ponente: Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Ley 1285 de 2009Ley 270 de 1996

RepdblieadeCol。mbia coneSuproma伽Ju州cぬ SaladIcasaclehcMl AC1330-2017 Radicaci6n n.ollOO1-02-03-000-2017-00150-00 Bogota.,D.C.,dos(2)de marzo de dosmildiecisiete (2017). Decidese el connicto de competencia suscitado entre losJuzgados Sexto CivildelCircuito de Ctlcutay Noveno Civil del Circuito de Bucarammga,en el tramite dela demanda ordinaria de simulacidn promovida por Claudia Eloisa Villamarin Martinez contra Nubia Andrea Claros Romero,ElibiaOrtizCorzo,LubdyVegaPerez,Melvin,EIver BladimiryLuzMarinaHurtadoHemandez・ ANTECEDENTES 1.Ante elprlmerO delos despachos en mencidn,la actorainstaur6demandapara que se declaren simulados varios contratos de compraventa,Celebrados por su ex marido conel鱒nde sacardelasociedadconyugalalgunos bienes que debieron ser parte de ella;ademまs de otras pretensionesconsecuenciales(fblios4a13delcuademol)・ Enellibelo atribuy6elconocimientodeltramitealos Juzgados Civiles del Circuito de Ctlcuta,en raZ6n dela Radicaci6n nollOO1-02-03-000-2017-00150-00 naturalezadelasunto,lacumtiadelaspretensionesypor eldomicilio deuno delos demandados. 2.Eljuzgadodeesalocalidadrechaz61ademandacon PrOVeido de9de noviembre de2016y dispuso remitirla a los Juzgados Civiles del Circuito de Bucaramanga (Santander),COmOquieraqueelC6digo GeneraldelProceso en el numera170del su articulo28,dispuso que eljuez COmPetentedefbrmaprlVativaparaconocerdelosasuntos queversensobrebienesinmuebles,Seraeldellugardonde estosseencuentrenubicados,yCOmOenelpresentecasola discusi6n versa sobre el derecho real de domin10,POr CuantO Se Pretende que se declaren simulados varios COntratOS de compraventa sobre unosinmuebles que se encuentranenPiedecuesta,FloridablmcayArauca,POrtal motivo elcompetente para conocer delasunto debe ser el juezdeunodeesoslugares(fblio205delcuademol). 3・EldespachojudicialdeBucaramanga,reCePtOrdel expediente,declin6su conocimiento y plantedla colisi6n negativadeestaespecle,traSeStimarqueelfuncionariode Orlgen,nOdebi6apartarsedelasuntodadoquelaaccidnde Simulaci6n no es delas queimplique el eJerCicio de derechos reales;aSimismo estableci6 que el proceso no VerSa SObrelos bienes que se encuentran enlistados en el articulo665del C6digo Civil,PueSlo que en realidad se Pretende es que se dqie entreverla realidad de unos negocios realizados de manera fraudulenta por el demmdado,POr tantO Se ajuSta alo establecido en el 2 RadicacidnnOllOO1-02-03-000-2017-00150-00 numerall。delarticulo28delC6digo GeneraldelProceso (fblio209delcuadernol)・ CoNSIDERACIoNES 1.Habida cuenta que la presente colisidn de atribuciones dela misma especialidadJurisdiccional involucraJuZgados de diferentes distritos judiciales, incumbe a esta Sala de Casaci6n desatarla como superior funcional comtln de ambos,de acuerdo conlos articulos 139delC6digo GeneraldelProceso y16delaley270de 1996,mOdiHcadopore17odelaley1285de2009. 2.ElnumerallQdelarticu1028delC6digoGeneraldel Proceso consagra como regla general de competencia territorial,eldomicilio deldemandado,COnlaprecisidn de que si este tiene varios domicilios,O SOn Varioslos demandados,Puede accionarse mte eljuez de cualquiera de ellos,a eleccidn del demandante;ademas de otras pautasparacasosenqueeldemandadonotienedomicilioo residenciaenelpais・Asuvez,elnumera130dispone que 伯nlosprocesos oliginados en un∴negOCioju7イdico o que inuolucren tttl克os qecuでizJOS eS taTnbien competente e上juez dellugardecu171pliTnieれtOdecualquieradelαSObligaciones生 Portanto,Paralasdemmdasderivadasdeunnegocio Juridico o de titulos qecutivos,en elfictorterritorialhay fuerosconcurrentes,PueSalgeneralbasadoeneldomicilio del demmdado tTblum domiciliiuln reuS/Se Sumala potestad delactor de tramitar elproceso ante eljuez de1 3 RadicacidnnQll001-02-03-000-2017-00150-00 lugardecumplimientodelasobligaciones的刑mCOntraCt均・ Por eso ha doctrinadola Sala que el demandante con fundamentoenactosJuridicosde《alcancebilateraloenuln tituloqecutizJOtienelaqpcibndeaccionalladlibitum,enunO uotrolugar,OSea,eneldomiciliodelacontrqpαrteOdonde elpacto o匂et。de discusi6n O titulo de 一geCuCibn debia Cumplirse;perO,insistese,ello queda,en pnnCIPlO,ala determinaCibn e准)reSa∴de su promotor”(AC4412,13jul. 2016,rad.2016-01858-00). 3.Desdeesadptica,CareCedera26nlajuezdeCtlcuta Pararehusarlacompetenciaenelasuntoqueahoraocupa laatencidndelaCorte,POrCuantOlademandaenestecaso Se PreSent6para que se declarela simulacidn de unos COntratOS de compraventa,que debe ser adelantadaenesa Ciudad por cuanto alli tiene domicilio uno delos demandados,SeguneSCOgenCiadelademandanteentrelos aludidosfuerosconcurrentes,loquesindudaalgunaotorga atribuci6nalafLlnCionariaenmenci6n,COnfbrmealaregla general del comentado numerallO del articulo 28 del CddigoGeneraldelProceso. Por tanto,eSinadmisible elargumento delaJueZ de Cticuta altratar de apartarse delconocimiento delasunto POrelsupuestoqerciciodeunderechoreal,quedarialugar aunfueroprivativo(numera170delarticulo28delC6digo GeneraldelProceso),debido aque enrealidadlademanda esparalareconstruccidndelpatrimoniodelex-Cdnyugede la actora,POr COnSiderar que el mismo enaJend unos 4 Radicaci6nnollOO1-02-03-000-2017-00150-00 inmuebles que hacian parte del haber dela sociedad COnyugalque tenian,eS decir,quelaacci6n carece de esa naturalezarealporquenoemanadelderechodedominlO,y Si del eventual derecho alos gananciales quele podrian COrreSPOnderenunareliquidaci6ndedichoacervosocial. 4.Recuerdesequeelderechorealesaquelquesetiene SObre una cosa,Sin respecto de deteminada persona, nocidnsobrelacualhadichoestaCorporacidnque《Getrata delaidea Romana que conSider6elderecho realcomola relacidn directa entrelapersona yla cosa”,y aunquela critica ha considerado que no puede haber una simple relaci6n entre personas y cosas,debe tomarse en cuenta que s可eto pasivo de ese atributo sonlas personas indeterminadas,dado su efecto de ser frente a todo el mundo(SCdelOdeagostode1981,GJ2407,Pag・486〉・ Las acciones reales nacen de esos derechos reales, confbrme almismo precepto665,ydebe atenderse quela simulaci6nno emanadelos mismos,Sino delderecho que asiste alos respectivosinteresados-ParteS delnegocio o terceros-Para que PreValezcalarealidad delo negociado, comtLnmente denominada《aCCi6n deprezJaleれCia”,POrque como ha sostenido esta Sala enla misma se pide da preualenCia delacto oculto sobre elacto ostenSibley,que puedeeJerCerSePOrquiencelebr6elcontrato,SuSherederos y〝tOdoelquetengainteresJulldicoenobtenerlapreualencia delactoocultosobreelostenSible〃(SCde13dedic・de2006, rad.00284-01) 5 Radicaci6nnoll001-02-03-000-2017-00150-00 Por cierto que en el tema de competencia parala pretensidn aqul eSgrlmida ha precisado esta Corporacidn 《quela discusi6n z)erSa SObre el ue74adero contenido y alcance delo pactαdo porlas partes,y∴nO reSPeCtO de derechos reales(dominio,herenCia,uSltfhJCtO,uSO O habitacidn,SerUidumbre,prendaeh互)OteCq),que,alaluzde lopreuistoenelarticulo665delC6digoCiuiL sonlostlnicos que danlugaralas“acciortes reales”〃(AC2993de17de may.de2016,rad.00887-00). 5.Ahora bien,eS Verdad que de prosperarla acci6n Simulatorialos bienes pueden v0lver al patrimonio del enaJenante,lo que tendriaincidencia en el derecho de dominio respecto de esos haberes.Empero,eSe eVentual regresodelapropiedadalrespectivointeresadonoesporel qercicio deunapretensidnreal,Sinoporlade simulacidn, que esunareclamaci6n distintayno poreso adquiere ese CaraCter. Vease que delasmedidas cautelarespermitidas enel articulo590del Cddigo General delProceso,Se aCePtala inscrlPCidn delademmda sobre bienes s可etos aregistro, cuando ese escrito《UerSe SObre dominio u otro derecho real pTlltCPaL diecでαmerLte O COmO COnSeCuenCia de una pretensibn distinta o en Subsidio de otra…》,PerO PreCisamente porquelaley distingue entre unapretensi6n (acci6n)real y otra diferente,POr qiemplo,una de Simulaci6n,denulidadyrescisi6nporlesi6nenorme,entre OtraS. 6 Radicaci6n n。11001-02-03-000-2017-00150-00 ApropGsitodelasaccionesdenulidadyrescisidnpor lesi6n enorme,eSta Corte ha sentado,lgualmente,que nO SOnrealesくくSinOpe7℃Onales,yaquenOreSpOndenalhechode Serelactortitularde derecho realsobrela cosα.OtroαStjntO es que,en raZ n de TlegreSO delas cosas a su estado anterio71eれelcaso delapriTnera,O delos窮CtOS dela rescisidn decretada a、佃UOr del uendedo71el bien∴deba restiでuirsealdeTnaれdante;maS,nOSign折Caelloquesetrate de αCCioneS reales sinO de conSeCuenCias dela acciくられ pe730nalquenOlleganaq確Ctarlasustanciadeesta〃(SC de 30deag0.de1955,GacetaJudicialNtimeros2157y2158, p毛虫na77). En cuanto alos derechos reales de garantia hipotecariayprendaria,danlugaralas accionesrealesde CObro,COnSuSreSPeCtivasmedidascautelares. 6.En consecuencia,COmO en eSte eVentO la demandante no qierCe un derecho real sinola acci6n especialdesimulacidn,SegtLnlaelecci6ndelfueropersonal POr Parte de aquella,eS COmPetente Para COnOCer dela mismaeljuzgadodeCdcuta,aquienseleremitirまellegaJO Para que aSuma Su tramite,y Seinfbrmara esta determinaci6nalotro funcionarioinvolucrado enlacolisi6n queaqulquedadirimida・ DECISION Con base enlo expuesto,la Corte Suprema de Justicia,Salade Casaci6n Civil,declaraqueelcompetente 7 Radicacidnnoll001-02-03-000-2017-00150-00 ParaCOnOCerdelprocesodelareferenciaeselJuzgadoSexto Civil del Circuito de Cticuta,al que sele enviarま de inmediatoelexpediente. ComunlqueSeeStadecisidnalotroJuZgadoinvolucrado