AC1177-2026 Radicación n.º 08001-31-53-008-2019-00212-01 Bogotá, D. C., dos (02) de marzo de dos mil veintiséis (2026). El recurso de casación concedido por el ad quem reúne los condicionamientos legales previstos en el artículo 342 del Código General del Proceso, dada (i) la naturaleza del proceso1; (ii) la oportunidad en la interposición del remedio extraordinario2;
(iii) la cuantía del interés para recurrir3 y (iv) la legitimación de la parte impugnante4. En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE 1 Se trata de un proceso verbal - declarativo de responsabilidad civil (artículo 334, numeral 1, del Código General del Proceso). 2 El recurso fue presentado el 24 de julio de 2025, esto es, durante el cuarto día hábil siguiente a la fecha de notificación en estados de la providencia de segundo grado (artículo 337 ibidem). 3 Que corresponde a la resolución desfavorable para la recurrente, representada en el valor de las pretensiones de condena, las cuales se orientaron a obtener un resarcimiento por más de cuatro mil millones de pesos; lo cual supera con creces el interés para recurrir en casación en el año 2025. 4 Los pedimentos de la parte actora fueron desestimados en ambas instancias.
Radicación n.º 08001-31-53-008-2019-00212-01 2 PRIMERO. ADMITIR el recurso extraordinario de casación formulado por BBVA Seguros Colombia S.A. contra la sentencia de 17 de julio de 2025, proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Barranquilla.
SEGUNDO. CORRER traslado por el término de treinta (30) días a la parte impugnante, a fin de que presente la respectiva demanda de sustentación. Notifíquese y cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado Firmado electrónicamente por: Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 5F98F3ACAE195955375E62024B04FECB4B402B5D547B089794DFF01C955C7938 Documento generado en 2026-03-02