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AC067-2024 [2023-04831-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2024

Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta

Ley 527 de 1999

AC067-2024 Radicación n.° 11001-02-03-000-2023-04831-00 Bogotá, D.C., veintidós (22) de enero de dos mil veinticuatro (2024). Mediante providencia de 14 de diciembre de 2023 se inadmitió la demanda de revisión que promovió María Luisa Narváez Vásquez, y se precisaron las falencias formales que debían ser subsanadas. Sin embargo, el término concedido para ello expiró, sin pronunciamiento de la interesada.

Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE RECHAZAR la demanda de revisión de la referencia. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Firmado electrónicamente por: Luis Alonso Rico Puerta Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 83A30250E44F5461D50156BF6E55C7BAD2606EEC98B5D401AD0FBBB01E9067F7 Documento generado en 2024-01-22