CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA�PRIVADO �� SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA Magistrado Ponente: Dr. Jorge Santos Ballesteros Santafé de Bogotá D. C., diez (10) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996). Referencia: Expediente Nº 6303 Admitido el recurso de casación y ordenado el traslado a la parte recurrente para que dentro del término legal presentara la correspondiente demanda de casación, informa la Secretaría que dicho término transcurrió en silencio, lo que implica que debe declararse desierto el recurso y condenar en costas a la parte recurrente.
Por lo dicho, la Corte DECLARA DESIERTO EL RECURSO DE CASACION, interpuesto respecto de la sentencia proferida el dos (2) de agosto de 1.996 por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín, Sala Civil, en el proceso ordinario de OLGA CECILIA GIRALDO ARCILA contra la recurrente SOCIEDAD TRANSPORTADORA DE URABA S.A. SOTRAURABA e HILDEBRANDO MUNERA GARCIA. Condénase en costas a la parte recurrente.
Tásense en su oportunidad.
NOTIFIQUESE JORGE SANTOS BALLESTEROS Magistrado �