Micelio
A-260-2001 [0188-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2001

Magistrado ponente: Jorge Santos Ballesteros

TUTELA 2312 CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPRIVADO SALA DE CASACION CIVIL Bogotá D.C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil uno (2001).- Ref: Expediente No. 11001-02-03-000-2001-0188-01 En escrito presentado a la Secretaría de esta Sala el 26 de octubre de 2001, ALEJANDRO JOSE UCHIDA SANTAMARIA y DIANA MILENA VELEZ RODRIGUEZ solicitaron se le conceda el exequátur a la sentencia de divorcio proferida por el Alcalde de la ciudad de Kawasaki – ku Kawasaki, Japón, del 16 de octubre de 2000.

Por cuanto a la demanda se acompañó copia del original de la sentencia y su traducción oficial, de conformidad con el numeral 3º. del artículo 394 del C. de P.C., pero dicho documento se encontró insuficiente para determinar si la sentencia se encontraba ejecutoriada de conformidad con la ley del país de origen, se inadmitió la demanda para que los actores la subsanaran, para lo cual se concedió un término de cinco (5) días.

Según informa la Secretaría el término venció en silencio, sin que se hubiera subsanado el defecto anotado. En razón de lo expuesto se

RESUELVE

RECHAZAR la demanda presentada por ALEJANDRO JOSE UCHIA SANTAMARIA y DIANA MILENA VELEZ RODRIGUEZ en la que solicitan se le conceda el exequátur a la sentencia de divorcio referida anteriormente.

NOTIFIQUESE JORGE SANTOS BALLESTEROS Magistrado 2 2 J.S.B. Exp. 11001-02-03-000-2001-0188-01