Micelio
A-232-2001 [1996-8756-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2001

Magistrado ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Bogotá, ocho (8) de noviembre de dos mil uno (2001). Expediente N° 1996-8756-01 Vistos los informe secretariales que anteceden, y en consideración a que la demanda no fue presentada en tiempo y el expediente fue devuelto un día después de vencido el término correspondiente, se dispone: De conformidad con el inciso tercero del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, se declara desierto el recurso de casación. Impónese a la abogada Martha Ballén Moreno multa equivalente a un salario mínimo mensual por el día que retuvo el referido legajo.

Notifíquese este auto a la citada profesional en la forma dispuesta por el inciso 2º del artículo 129 del Código de Procedimiento Civil. Condénse en costas a la parte demandante-recurrente. Liquídense. Notifíquese Manuel Ardila Velásquez