Micelio
A-230-2001 [1161-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2001

Magistrado ponente: Nicolás Bechara Simancas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, D.C., ocho (8) de noviembre de dos mil uno (2001). Ref: Exp. No. 1100131030191993-1161-01 La parte demandante pide la revocatoria del auto admisorio del recurso de casación interpuesto por los demandados, para que, en su lugar, sea inadmitido, aduciendo que la cuantía del interés para ejercer este medio extraordinario de impugnación no llega al monto exigido por la ley para su procedencia. La parte contraria guardó silencio durante el traslado del escrito que contiene la solicitud, circunstancia esta que, sin embargo, no le abre camino a esa impugnación, dado que, de conformidad con los artículos 363 y 348 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de súplica procede “contra el auto que resuelve sobre la admisión del recurso de casación” y el de reposición es viable frente a providencias “del magistrado ponente no susceptibles de súplica”, lo que muestra, bien claro, que siendo factible el de súplica se torna irrealizable el de reposición. Así, por virtud de la manifiesta improcedencia de la impugnación y con fundamento en el artículo 38 del Código de Procedimiento Civil, la Corte se ve obligada a RECHAZAR, como en efecto lo hace, el recurso de reposición propuesto contra la providencia que admitió la casación aquí formulada.

NOTIFIQUESE NICOLAS BECHARA SIMANCAS 2 2 N.B.S. Exp. 1161-01.