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A-212-2004 [1100131030031994-00040-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2004

Magistrado ponente: Edgardo Villamil Portilla

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casacion Civil Bogota D.C., siete de octubre de dos mil cuatro Referenda: Exp. No. 11001-31-03-003-1994-00040-01 Dedde la Corte el deslstlmiento que hace la parte demandante del recurso de casacion respecto a la sentencia de 16 de junio de 2004, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, dentro del proceso ordinario de "Agrofrutas Ltda." y Juan Carlos Quintero Castro contra Caja de Credito Agrario Industrial y Minero y la desercion de la impugnacion interpuesta.

Para los anteriores efectos se considera: 1. De conformidad con la preceptiva procesal civil, las partes pueden desistir de los recursos interpuestos, mediante escrito presentado personalmente, cuya aceptacion acarrea la firmeza de la providencia y la imposicion de costas, salvo convenio modificatorio de los intervinientes o la declinacion se haga ante el mismo funcionario que lo haya concedido.

(articulo 344 y 345 del Codigo de Procedimiento Civil) 2. La peticion de deslstlmiento obrante a folio 5 del cuaderno de la Corte, carece de presentacion personal, por lo cual no es posible teneria en cuenta. (inc. 1° articulo 345 del C. de P. C.) 3. La secretan'a informa que el demandante no presento demanda de casacion, de donde se sigue que habra de declararse desierto por esta razon y se impondra como secuela la condena en costas.

(inc. 3° articulo 373 del C. de P.C.) En armonia con lo expuesto la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia se abstiene de aceptar el deslstlmiento presentado por la parte demandante y en su lugar declara desierto el recurso de casacion aludido en el encabezado de esta providencia. Se condena en costas a la parte recurrente.

Tasense. Notifiquese y devuelvase al Tribunal de origen. E.V.P. Exp. No. 11001-31-03-003-1994-00040-01 2