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A-186-96Corte Suprema de Justicia · Sala Civil1996

Magistrado ponente: José Fernando Ramírez Gómez

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA Magistrado Ponente: Dr. José Fernando Ramírez Gómez Santafé de Bogotá, D.C., dos (2) de julio de mil novecientos noventa y seis (1996) Referencia: Expediente No. 5968 De conformidad con el informe secretarial que aparece a fl. 25 vto. del Cdno. Corte, el término del cual disponía la recurrente CONCEPCION PATIÑO BALLESTEROS para presentar su demanda de casación -art. 373 inc. 1o. del C. de P.C.-, comenzó a transcurrir a partir del 2 de mayo de 1.996 y concluyó el 14 de junio del mismo año, como igualmente se hizo constar por la secretaría de la Sala en el informe visible a fl. 26 de esta encuadernación. Al tenor del inc. 2o. del mismo precepto, “ El recurrente podrá remitir la demanda a la Corte desde el lugar de su residencia, y se tendrá por presentada en tiempo si llega a la secretaría antes de que venza el término del traslado”.

Si como consta en el sello impuesto en la demanda de casación presentada por la citada recurrente, su recepción en la secretaría de la Sala se produjo el día 18 de junio de 1.996, resulta palmario que dicha demanda fué presentada en forma extemporánea, y en consecuencia, se impone proceder como lo establece el inc. 3o. de la misma disposición. Por lo anterior, se resuelve: Declarar desierto el recurso extraordinario de casación interpuesto por la recurrente CONCEPCION PATIÑO BALLESTEROS contra la sentencia del 16 de noviembre de 1995, proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en este proceso ordinario (impugnación de la paternidad legítima, investigación de la paternidad extramatrimonial y petición de herencia), incoado por CLAUDIA BUSTAMANTE RUIZ contra los herederos e interesados reconocidos en el proceso de sucesión del causante PEDRO JOSE PATIÑO BALLESTEROS, señores GENOVELINA GUERRA DE PATIÑO, cónyuge sobreviviente;

MARIA ISABEL PATIÑO GUERRERO, hija legítima; sus hermanos: ELVIRA, RODRIGO, ANA JOAQUINA, JUAN y LORENZO PATIÑO BALLESTEROS; contra los herederos indeterminados; y, finalmente, contra RAMON IGNACIO BUSTAMANTE AVENDAÑO, presunto padre legítimo de la demandante, proceso al cual fue citada igualmente en calidad de demandada la señora CECILIA RUIZ DE BUSTAMANTE, madre de aquélla.

Se condena a la parte recurrente a pagar las costas causadas. Tásense. Reconócese a la doctora LUZ MARINA CABEZA DE SERRANO como apoderada judicial de la demandada CONCEPCION PATIÑO BALLESTEROS, en la forma, términos y para los fines indicados en el poder que obra a folio 27 del Cdno. Corte. En oportunidad regresen las diligencias al despacho para resolver sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada por LORENZO y JUAN PATIÑO BALLESTEROS.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE JOSE FERNANDO RAMIREZ GOMEZ �PÁGINA � �PÁGINA �3� JFRG. Exp. 5999