Micelio
A-179-2003 [00161]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2003

Magistrado ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Magistrado Ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez Bogotá, D.C. trece (13) de agosto de dos mil tres (2003).- Expediente No. 2003-00161-01 Decídese el recurso de queja formulado por Porfirio de Jesús Jaramillo Hoyos, con el fin de que se le conceda el recurso de apelación que interpuso en subsidio al de reposición contra la decisión del tribunal superior de Bogotá, tomada en desarrollo de la audiencia del artículo 360 del código de procedimiento civil el 7 de mayo del año en curso, mediante la cual se ordenó la expedición de unas copias pedidas por el ahora recurrente, negó la suspensión de la audiencia y aclaró que en el trámite de los procesos judiciales no procedía el derecho de petición. Ha de verse al respecto que la Corte carece de competencia para conocer y decidir recursos de queja como el que se propone, pues únicamente está habilitada para conocer de los que persiguen que a la postre se abra paso el de casación (artículos 377 inciso 3° y 25 numeral 3° del código de procedimiento civil ), mas no el de apelación como acá sucede.

Sobran, pues, más argumentaciones para concluir que la Corte rechace la queja formulada, por cuanto carece de competencia en el punto. Decisión En armonía con lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Civil, resuelve rechazar el recurso de queja formulado por Porfirio de Jesús Jaramillo Hoyos contra el auto dictado dentro de la audiencia de 7 de mayo de 2003 por el tribunal superior de Bogotá, para obtener el de apelación, por las razones anotadas.

Se le reconoce personería al abogado Porfirio de Jesús Jaramillo Hoyos quien actúa en causa propia. Para que forme parte del expediente, remítase lo actuado al tribunal de procedencia. Notifíquese. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES MANUEL ISIDRO ARDILA VELÁSQUEZ CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO JOSE FERNANDO RAMÍREZ GOMEZ SILVIO FERNANDO TREJOS BUENO CESAR JULIO VALENCIA COPETE