CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA Magistrado Ponente: DR. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES Santafé de Bogotá Distrito Capital, primero de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999). Ref: Expediente No. 7232 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil, y atendiendo la petición que antecede, se acepta el desistimiento, que por intermedio de su apoderado especialmente facultado para tal fin, hace la empresa demandada del recurso de casación por ella propuesto.
Las costas originadas en tal desistimiento corren a cargo de la parte que desiste. Una vez se liquiden las mismas, quedará el expediente al Despacho para decidir el recurso de los demandantes recurrentes. Notifíquese. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES NICOLAS BECHARA SIMANCAS CARLOS ESTEBAN JARAMILLO SCHLOSS PEDRO LAFONT PIANETTA JOSE FERNANDO RAMIREZ GOMEZ RAFAEL ROMERO SIERRA JORGE SANTOS BALLESTEROS JACR Exp. 7232 � PÁGINA �3�