CORTE SUPREMA DE JÜSTIGIA Sala de Casación Civil Bogotá, veinticuatro (24) de febrero de dos mil seis (2006).- Expediente No. 050013103010-1998-10546 | Habida cuenta que los demandantes dejaron transcurrir el término del traslado sin presentar la demanda respectiva, declárase desierto el recurso de casación por ellos interpuesto contra la sentencia de 20 de septiembre de 2005, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín en el proceso ordinario de María Bertina Moreno de Garcés, Julio César, Beatriz Matilde, Martha Lucía, María Elena, Angela María, Jorge Iván, Carlos Mario, Darío Antonio y Luis Fernando Garcés Moreno;
Ligia, Pedro Pablo y Alberto Garcés Tamayo contra Flavio Alberto Roldán Martínez y los condena a pagar las costas del recurso. Tásense. (Art. 373, inc. 3°. del C.P.C.). En cuanto a la solicitud vista a folio 6 de este cuaderno, téngase en cuenta que por virtud de lo dispuesto en este auto el expediente debe regresar al tribunal de origen para los efectos pertinentes.