Micelio
A-043-2003 [0016-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2003

Magistrado ponente: Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo

Se decide sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de revisión interpuesto por JOSE GUILLERMO ROA SARMIENTO contra la sentencia proferida el 27 de marzo de 1997, por el Traibunal Superior de Bogotá, dentro el proceso ejecutivo con título hipotec 1 2 C.I.J.J. Exp. 00016-01 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D.C., veinticinco (25) de febrero de dos mil tres (2003) Ref.: Exp. 11001-02-03-000-2003-00016-01 Teniendo en cuenta lo expuesto por el accionante, con apoyo en lo reglado por el inciso 4° del artículo 383 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza la demanda de revisión propuesta por JOSE GUILLERMO ROA SARMIENTO, frente a la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, el 27 de marzo de 1997, dentro el proceso ejecutivo con título hipotecario adelantado por el BANCO DAVIVIENDA contra el recurrente, habida cuenta que desde la ejecutoria de ese fallo -5 de abril de 1997-, a la fecha de presentación del libelo -16 de enero de 2003-, había transcurrido el término máximo de cinco (5) años (art. 381 ibídem ).

Precísase que aunque el recurrente apoya la temporalidad del libelo, en el inciso 2° in fine del art. 381 de la obra citada, es de ver que, en puridad, la excepción allí prevista no hace presencia en este caso, dado que el fallo proferido, por su naturaleza jurídica, no es de los que " debe inscribirse en un registro público ". En consecuencia, devuélvase la demanda y sus anexos a la parte interesada, sin necesidad de desglose.

Déjense constancias.

NOTIFÍQUESE CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO Magistrado