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A- 22-02-2013 [1100131030372006-00602-01]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2013

Magistrado ponente: Fernando Giraldo Gutiérrez

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil trece (2013). Ref: Exp. N° 1100131030372006-00602-01 Se decide lo pertinente dentro del asunto de la referencia.

ANTECEDENTES 1.- Por auto del 22 de noviembre de 2012 se admitió la presente impugnación extraordinaria, que interpuso el demandante frente a la sentencia de segunda instancia, en proceso ordinario de Israel Ramos Martín contra Delfina Benito y otros (folio 14). 2.- En el mismo proveído se concedió al recurrente un término de treinta (30) días para que allegara la respectiva demanda de sustentación, pudiendo retirar el expediente. 3.- La anterior oportunidad venció, sin que se hiciera uso de la facultad conferida ni se aportara el correspondiente libelo (folio 16).

CONSIDERACIONES 1.- De conformidad con el artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, en su inciso tercero, “[c]uando no se presente en tiempo la demanda, el magistrado ponente declarará desierto el recurso y condenará en costas al recurrente”. 2.- La facultad de disentir que confiere la ley procesal a las partes, conlleva implícita la carga de fundamentar razonadamente en que consiste su inconformidad, exponiendo los aspectos fácticos y de derecho que le sirven de respaldo.

Por lo tanto, cuando a pesar de haberse hecho uso de un medio de contradicción este queda huérfano de argumentos, de tal omisión se derivan efectos adversos para quien lo desperdicia. 3.- Como en el presente caso se desatendió el deber de formular los cargos que permitieran la revisión del fallo atacado, se dará aplicación al precepto transcrito, con la consecuente condena en costas, para lo cual se fijaran en este mismo proveído las agencias en derecho.

DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, RESUELVE Primero: Declarar desierto el recurso de casación que había sido admitido a Israel Ramos Martín. Segundo: Condenar en costas al accionante, las que liquidará Secretaría teniendo en cuenta las agencias en derecho por setecientos cincuenta mil pesos ($750.000).

Tercero: Devolver el expediente al Tribunal de origen, una vez agotado lo anterior. Notifíquese FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ Magistrado PAGE 3 FGG. 1100131030372006-00602-01