CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., catorce (14) de agosto de dos mil trece (2013) Discutido y aprobado en Sala de treinta y uno (31) de julio de dos mil trece (2013) REF.: 11001-3103-030-2005-00015-01 Como quiera que la razón expuesta por el señor Magistrado Arturo Solarte Rodríguez se encuentra prevista en la causal novena (9ª) del artículo 150, del Código de Procedimiento Civil, se acepta, y separado queda entonces del conocimiento de este proceso.
No se designa Conjuez para reemplazar al Magistrado impedido en consideración a que con el resto de Magistrados se constituye quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto. Notifíquese, MARGARITA CABELLO BLANCO RUTH MARINA DÍAZ RUEDA FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ ARIEL SALAZAR RAMÍREZ JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ PAGE 2 JVR. – Exp. 11001-3103-030-2005-00015-01