Micelio
A- 07-05-2012 [1100102030002007-01159-00]Corte Suprema de Justicia · Sala Civil2012

Magistrado ponente: Ruth Marina Díaz Rueda

Ley 1285 de 2009Ley 455 de 1998

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D.C., siete (7) de mayo de dos mil doce (2012). Ref.: exp. 11001-0203-000-2007-01159-00 1. Revisada la actuación se constata que respecto de los documentos públicos expedidos por autoridades estadounidenses aportados como prueba (fs.5-14), no se ha hecho efectiva la formalidad del apostillaje prevista en la “Convención sobre abolición de legalización de documentos públicos extranjeros”, aprobada mediante la Ley 455 de 1998.

En consecuencia, previamente a efectuar su traducción al castellano, se le ordena al apoderado del recurrente que en quince (15) días adelante dicha gestión. Para tal efecto, se autoriza el respectivo desglose. 2. Se fija nuevamente el 23 de los corrientes, a las 9:00 a.m., para recibir la declaración de María Isabel Moreno Ulloa. Cítesele mediante telegrama, haciéndole las advertencias del artículo 225 del Código de Procedimiento Civil, en caso de desobediencia. Con apoyo en el precepto 18 de la Ley 1285 de 2009, para el recaudo del aludido testimonio, se comisiona al Magistrado Auxiliar Gustavo Serrano Rubio. 3.

Requerir a los destinatarios de los oficios 0353, 0354, 0355 y despacho 002, para que en diez (10) días adicionales, cumplan las órdenes ahí impartidas. 4. Secretaría proceda de conformidad con las medidas adoptadas y controle términos. Notifíquese RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada R.M.D.R. exp. 11001-0203-000-2007-01159-00 2