CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, D.C., cinco (5) de marzo de dos mil doce (2012). Ref: Exp. No. 11001 0203 000 2011 01513 00 En armonía con los artículos 85 y 383 del C. de P. C., se rechaza la demanda de revisión incoada por las señoras MARIA EUGENIA TUCUMA CASTRO y FLOR ALBA CASTAÑEDA CASTAÑEDA, habida cuenta que dentro de los términos concedidos para el efecto, no allegaron la póliza exigida.
No sobra advertir que dicha garantía es una exigencia legal para esta clase de asuntos y, por ello, imprescindible. Por Secretaría, sin necesidad de desglose y previas las constancias del caso, devuélvanse al promotor del recurso los anexos de la demanda. Notifíquese MARGARITA CABELLO BLANCO Magistrada 2 POMC Exp. 2010 02199 00