Micelio
9009(22-04-97)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral1997

Magistrado ponente: Jorge Iván Palacio Palacio

SALA DE CASACION LABORAL SALA DE CASACION LABORAL FALLO DE INSTANCIA (continuación) Radicación No. 9009 Acta No. 15 Magistrado Ponente: Doctor JORGE IVAN PALACIO PALACIO Santafé de Bogotá, D.C., veintidós de abril de mil novecientos noventa y siete. Por medio de la sentencia de fecha 21 de febrero de 1997, la Sala casó parcialmente el fallo del 15 de marzo de 1996, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá en el presente juicio de GABRIEL VILLALOBOS GUERRERO contra PETROEQUIPOS LTDA. y EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS “ECOPETROL”.

En esa oportunidad la Corte consideró, en sede de instancia, la necesidad de recurrir a la prueba relacionada con la pérdida del poder adquisitivo de la moneda y mediante auto para mejor proveer dispuso oficiar al DANE en tal sentido. Del Departamento Nacional de Estadística “DANE”, se recibió respuesta al oficio librado por la Secretaría de ésta Sala como aparece en los autos a folios 57 a 59 del cuaderno de la Corte, por lo que se procede a completar la decisión de instancia: La cantidad a actualizar es la de $4’807.708,40 como quedó expresado a folio 48 de éste cuaderno. El índice de precios al consumidor para el mes de julio de 1986 (siguiente al del accidente), fue de 57.27 (fl. 358), y para febrero de 1997 (último dato proporcionado) fue de 606,66 (fl. 58 C. de la C.); entonces la cantidad expresada más la corrección, asciende a $50’927.960.oo; resultado de aplicar la fórmula que para estos efectos ha venido empleando la Sala, así: VA= IPCR x C 606.66 X 4’807.708,40=50’927.960 IPCI 57.27 CR= VA - C VA= VALOR ACTUALIZADO IPCR= Indice de Precios al Consumidor de Referencia actual.

IPCI= Indice de precios al Consumidor Inicial. C= Capital o valor a actualizar. CR= Corrección Monetaria. En consecuencia, la indemnización de los perjuicios materiales a cargo de las demandadas debidamente indexada asciende a $50’927.960.oo. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, obrando como Tribunal de Instancia, fija en $46’120.252.oo la indexación de la cantidad impuesta a las demandadas para resarcir los perjuicios materiales, para un total de $50’927.960.oo por tal concepto, en el juicio ordinario de GABRIEL VILLALOBOS GUERRERO contra PETROEQUIPOS LTDA y EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS “ECOPETROL”.

COPIESE,

NOTIFIQUESE, CUMPLASE Y DEVUELVASE EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE ORIGEN. JORGE IVAN PALACIO PALACIO FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA RAFAEL MENDEZ ARANGO GERMAN G. VALDES SANCHEZ FERNANDO VASQUEZ BOTERO RAMON ZUÑIGA VALVERDE LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ Secretaria �PÁGINA � �PÁGINA �2� GABRIEL VILLALOBOS GUERRERO VS. PETROEQUIPOS LTDA. Y OTRO.

F.I. No. 9009.