CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Radicación Nº 8613 Acta Nº 01 Magistrado Ponente: Doctor JORGE IVAN PALACIO PALACIO Santafé de Bogotá, D.C., veinticuatro de enero de mil novecientos noventa y siete. Como a través de la sentencia proferida el 4 de diciembre de 1996, la corte casó parcialmente el fallo dictado el 24 de noviembre de 1995, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, en cuanto absolvió de aplicar la corrección monetaria a la suma fijada por reajuste de indemnización convencional, procede la Sala a proferir la decisión de instancia, teniendo en cuenta que del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, se recibió respuesta al oficio librado por la Secretaría de la Corporación. En ese orden se aprecia que como el reajuste a la indemnización convencional por despido ascendió a la suma de siete millones novecientos cuarenta mil ochocientos treinta pesos ($7.940.830.oo) y que según la certificación allegada por el DANE (folios 123 a 126 C. de la Corte), el índice de precios al consumidor para mayo de 1993 (mes siguiente a la terminación del contrato), fue de 298.05 y para diciembre de 1996 (último dato proporcionado), fue de 578.72, arroja por concepto de corrección monetaria la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($7.477.781.43), resultado de aplicar la fórmula que para estos efectos ha venido utilizando la Sala y, después de restar el capital inicial.
Dicha fórmula se reduce a la siguiente: V A= I P C R X C I P C I C R = V A - C V A = Valor Actualizado. I P C R = Indice de Precios al Consumidor de Referencia o Actual. I P C I = Indice de Precios al Consumidor Inicial. C = Capital o valor a actualizar. C R = Corrección Monetaria. En consecuencia, la Corte como Tribunal de Instancia fija la corrección monetaria, de acuerdo a la condena por reajuste de la indemnización convencional por despido injusto, en la suma de $7.477.781.43 En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
RESUELVE
CONDENAR a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero a pagar a OSCAR MUÑOZ la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($7.477.781.43), por concepto de indexación a la condena impuesta por reajuste a la indemnización convencional por despido. COPIESE,
NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE ORIGEN. JORGE IVAN PALACIO PALACIO FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ JOSE ROBERTO HERRERA VERGARA RAFAEL MENDEZ ARANGO GERMAN G. VALDES SANCHEZ FERNANDO VASQUEZ BOTERO RAMON ZUÑIGA VALVERDE LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ Secretaria �PÁGINA �4� �PÁGINA �3� F. I. 8613.