CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL -Sección Primera- Radicación No. 8520 Acta No. 02 Santafé de Bogotá D.C, Febrero seis (6) de mil novecientos noventa y seis (1996). Corresponde a la Corte pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de casación formulado por el apoderado de la COMPAÑIA COLOMBIANA DE TABACO S. A “COLTABACO S.A”.
Con relación a la viabilidad del recurso, observa la Sala que el monto de las condenas fulminadas en favor de los accionantes Hernán Beltrán Lainez, Rodrigo Restrepo Colonia y Hernando Gómez Velandia, no alcanzan la cuantía del interés jurídico para recurrir en casación de la demandada, pues en su orden tienen el siguiente valor: $7.525.511,3, $4.739.591,9 y $8.472.626,3.
En tal virtud es improcedente el recurso formulado en relación con estos demandantes, pero es admisible respecto de los demás pues las condenas respectivas superan la cuantía de los 100 salarios mínimos mensuales. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,
RESUELVE
INADMITIR el recurso de casación interpuesto por el apoderado de la COMPAÑIA COLOMBIANA DE TABACO S.. “COLTABACO S.A”, respecto de los señores HERNANDO GOMEZ VALENCIA, RODRIGO RESTREPO COLONIA y HERNAN BELTRAN LAINES. ADMITIRLO respecto de los demás accionantes.
NOTIFIQUESE FRANCISCO ESCOBAR HENRIQUEZ JORGE IVAN PALACIO PALACIO RAMON ZUÑIGA VALVERDE LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ Secretaria.