Micelio
78757 (15-02-18)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2018

Magistrado ponente: Gerardo Botero Zuluaga

Decreto 2591 de 1991

GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado Ponente Radicación n° 78757 Bogotá, D.C., quince (15) de febrero de dos mil dieciocho (2018). El apoderado judicial de la señora Leyla Rojas Molano, solicitó mediante memorial allegado a esta Corporación el 14 de febrero del año en curso, que se dé por terminada la presente acción de tutela, con fundamento en el numeral 4° del artículo 6 del Decreto 2591 de 1991.

Para sustentar su requerimiento, manifestó que: ( ) en memorial radicado ( ) ante la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá, el suscrito apoderado, con el fin de evitar la contaminación del que es, en realidad, el objeto de la controversia, y con miras a que no se afecte en manera alguna el actuar de la justicia, DESISTIÓ de las pruebas que quedan por practicar en el proceso, lo que de suyo, por sustracción de materia, DEJA SIN OBJETO ALGUNO LA ACCIÓN DE TUTELA (…) Ahora, si bien se aportó con el memorial referido, constancia de que declinó de las pruebas que fueron decretadas a su favor por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, y que son objeto de estudio en esta sede constitucional, lo cierto es que, la solicitud elevada ante esta Corporación, no puede ser concedida, como quiera que, de conformidad con el artículo 26 el Decreto 2591 de 1991, únicamente ((el recurrente podrá desistir de la tutela.

Corolario de lo expuesto, se itera que es la Sociedad Publicaciones Semana S.A., la única que está legitimada para poder desistir del presente trámite.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado