Micelio
71330(27-01-16)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Rigoberto Echeverri Bueno

Ley 1395 de 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 71330 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Magistrado ponente Radicación n.° 71330 Acta 2 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de enero de dos mil dieciséis (2016). Nelly Zoraida Ramírez Martínez vs. Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales UGPP y María Santos Caicedo Obregón Como según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación interpuesto por MARÍA SANTOS CAICEDO OBREGÓN no fue sustentado oportunamente, la Sala lo declara DESIERTO.

Impóngase la multa de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, a favor de La Nación - Consejo Superior de la Judicatura, que habrán de ser consignados a la cuenta DTN Multas y Cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4 del Banco Agrario, a la doctora DOLLY ROJAS LÓPEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 31.3783571, con T.P. No. 43.906, y con domicilio en la carrera 6 No.2-24 edificio Ilusiones, oficina 201, en la ciudad de Buenaventura –Valle, apoderada de la parte recurrente, según lo establecido por el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010.

Así mismo, remítase copia de esta decisión al Consejo Superior de la Judicatura para lo pertinente. La demanda de casación presentada en este asunto por NELLY ZORAIDA RAMÍREZ MARTÍNEZ, satisface las exigencias formales externas de ley. Córrase traslado por separado a los opositores por el término legal. Continúe el trámite. Notifíquese cúmplase.

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 1 3