Micelio
63387(11-06-14)Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2014

Magistrado ponente: Clara Cecilia Dueñas Quevedo

Decreto 528 de 1964Ley 1395 de 2010

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 63387 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente -2014 Radicación n.°63387 Acta 19 Bogotá, D. C., cuatro (04) de junio de dos mil catorce (2014). Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia Vs. Jaime Rafael Mora Rodríguez.

En vista de que la parte recurrente (Fiduprevisora S.A.) no presentó la correspondiente demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Con base en lo dispuesto en el inciso 3, artículo 49 de la Ley 1395 de 2010, que modificó el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente Fiduprevisora S.A., identificado con cédula de ciudadanía No. 5.450.159 y portador de la T.P. No. 78.896 del Consejo Superior de la Judicatura.

DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE:

PRIMERO: Declarar DESIERTO el recurso interpuesto por el apoderado de Fiduprevisora S.A..

SEGUNDO: Fijar multa en 10 S.M.L.M.V. a la apoderada judicial de la parte recurrente doctor Orlando David Pacheco Chica, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.941.567 y portador de la T.P. No. 138.159 del Consejo Superior de la Judicatura.

TERCERO: Continúese con el trámite correspondiente. Notifíquese y cúmplase. RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Presidente de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE