República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE República de Colombia Expediente 56692 Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUEVAS Magistrado Ponente Radicación No.56692 Acta No.023 Bogotá, D. C., cuatro (4) de julio de dos mil doce (2012). Se resuelve sobre la procedencia del recurso de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 9 de marzo de 2012, en el proceso ordinario laboral promovido por ELISEO PULIDO REYES contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
I.
ANTECEDENTES El Tribunal concedió el recurso de casación por haber encontrado que le asiste interés jurídico económico para recurrir a la parte demandante, el cual halló en la suma de $139.051.682. II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Uno de los presupuestos de validez de las actuaciones judiciales es el de la legitimación adjetiva; por ello, se presentan eventos en que las personas que hayan de comparecer al proceso deberán hacerlo por conducto de abogado inscrito, a través del otorgamiento del correspondiente poder especial o general.
Encuentra la Sala que el presente asunto la apoderada principal sustituyó el poder a ella conferido en el abogado Yony Estibensóon Alarcón Pedroza, quien actuó durante la primera instancia inclusive hasta la interposición y sustentación del recurso de apelación; que en segunda instancia, actuó la abogada que pretendió interponer el recurso, sin tener poder para ello, lo cual se pudo constar luego de la minuciosa revisión del expediente, al no encontrarse memorial de sustitución alguno, o en su defecto poder otorgado por el actor, que la legitimara.
En consecuencia, no es dable admitir el recurso extraordinario por falta de legitimación adjetiva de quien en nombre de la demandante lo planteó. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E:
PRIMERO: INADMITIR el recurso extraordinario de casación interpuesto en nombre del demandante ELISEO PULIDO REYES, contra la sentencia dictada el 9 de marzo de 2012 por el Tribunal Superior de Bogotá, en el proceso ordinario laboral que promovió contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
SEGUNDO: Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase, LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ 2